Acuerdo por el que se establecen medidas para la continuación de actividades económicas, sociales y gubernamentales con motivo del virus SARS-COV2 (COVID-19), en el Estado de México.

Viernes 17 de septiembre de 2021 Sección Segunda Tomo: CCXII No. 53
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PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE SALUD
DR. FRANCISCO JAVIER FERNÁNDEZ CLAMONT, SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL
INSTITUTO DE SALUD DEL ESTADO DE MXICO Y LIC. SANTIAGO RAMOS MILLN PINEDA, COORDINADOR DE
REGULACIN SANITARIA Y COMISIONADO PARA LA PROTECCIN CONTRA RIESGOS SANITARIOS DEL ESTADO
DE MXICO, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTCULOS: 1°, 4o, CUARTO PRRAFO Y 73, FRACCIN XVI, BASE 1a Y
3a DE LA CONSTITUCIN POLTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 5° DE LA CONSTITUCIN POLTICA
DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MXICO; 134, FRACCIONES II Y XIV, 140, 147, 402, 403, 404, FRACCIN XIII
DE LA LEY GENERAL DE SALUD; 25 y 26, FRACCIONES XII Y XVI DE LA LEY ORGNICA DE LA ADMINISTRACIN
PBLICA DEL ESTADO DE MXICO; 1, 3, 5, FRACCIONES III, V Y XIV, Y 13 DE LA LEY QUE CREA LA COMISIN
PARA LA PROTECCIN CONTRA RIESGOS SANITARIOS DEL ESTADO DE MXICO; 2.4, 2.49, 2.68, FRACCIN XII,
2.71, 2.73 Y 2.74 DEL CDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MXICO; 1, 3, FRACCIONES IV, X Y XIII, 13
FRACCIN II, 56, 57 Y 58 DEL REGLAMENTO DE SALUD DEL ESTADO DE MXICO, Y
CONSIDERANDO
Que el 23 de marzo de 2020, el Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de México, expidió, el “Acuerdo del
Ejecutivo del Estado por el que se determinan acciones preventivas con motivo de la epidemia causada por el virus SARS-
CoV2 (COVID-19) para el Gobierno del Estado de México”, mediante el cual se establecieron diversas medidas para la
Administración Pública Estatal, destacando entre ellas, que las Dependencias y Organismos Auxiliares del Ejecutivo Estatal,
podrán emitir los actos jurídicos que, en el ámbito de su competencia y de conformidad con sus facultades, contribuyan al
cumplimiento del Acuerdo de mérito.
Que el 30 de marzo de 2020, el Consejo de Salubridad General, emitió el “Acuerdo por el que se declara, como emergencia
sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el Virus SARS-CoV2 (COVID19)”, mediante
el cual se establece que la Secretaría de Salud determinará las acciones que resulten necesarias para atender la
emergencia sanitaria por el Virus SARS-CoV2 (COVID-19).
Que en atención a la declaratoria del Consejo General de Salubridad, el 2 de abril de 2020, se emitió el “Acuerdo por el que
se establecen las Medidas Preventivas y de Seguridad que se deberán implementar para la mitigación y control de los
riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus (COVID-19), en el Estado de México”, por el cual se determina
la suspensión temporal de todas las actividades no esenciales en el Estado de México, para mitigar la dispersión y
transmisión del virus, con vigencia hasta el 30 de abril del 2020.
Que el 17 de abril de 2020, el Gobernador Constitucional de la Estado Libre y Soberano de México, expidió el “Acuerdo del
Ejecutivo del Estado que prorroga el diverso por el que se determinan acciones preventivas con motivo de la epidemia
causada por el Virus SARS-CoV2 (COVID-19) para el Gobierno del Estado de México, publicado en el Periódico Oficial
“Gaceta del Gobierno el 23 de marzo de 2020"; por el que se configura la vigencia del m ismo hasta el treinta de mayo de
dos mil veinte.
Que el 21 de abril de 2020, el Secretario de Salud del Gobierno Federal, emitió el “Acuerdo por el que se modifica el similar
por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2,
publicado el 31 de marzo de 2020”, publicado en el Diario Oficial de la Federación; en el cual se estableció la vigencia de la
suspensión de actividades no esenciales del 30 de marzo al 30 de mayo de 2020.
Que el 22 de abril de 2020, ante la prórroga de las acciones preventivas con motivo de la epidemia causada por el Virus
SARS-CoV2 (COVID-19) en la Entidad, se publica el “Acuerdo por el que se fortalecen las medidas preventivas y de
seguridad para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el Virus (COVID-19), en el
Estado de México, y se establece un programa de verificación para su cumplimiento”; por lo que el primero transitorio de
dicho Acuerdo, determina la vigencia del mismo hasta el 30 de mayo de 2020.
Que en el marco de la tercera reunión de la sesión permanente del Consejo General de Salubridad, de fecha 12 de mayo de
2020, se aprobaron cuatro acuerdos para el levantamiento progresivo de las medidas de contención frente al virus
SARS.CoV2 (COVID-19); dentro de los cuales destaca, que a partir del primero de junio de 2020, la Secretaría de Salud de
Gobierno Federal definirá un semáforo semanal para cada entidad federativa, donde, cada color determine la l iberación de
ciertas actividades económicas, educativas y sociales con niveles de intensidad específicos.
Que, en ese sentido, el 14 de mayo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo emitido por
Secretario de Salud de Gobierno Federal, denominado “Acuerdo por el que se establece una estrategia para la reapertura

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