Acuerdo por el que se establecen Lineamientos a los Servidores Públicos de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Entidades y Delegaciones, para Garantizar los Principios de Equidad e Imparcialidad con motivo del Proceso Electoral del Año 2015, en la Ciudad de México

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL JEFATURA DE GOBIERNO

(Al margen superior un escudo que dice: CIUDAD DE MÉXICO.- Decidiendo Juntos)

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LINEAMIENTOS A LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LAS DEPENDENCIAS, ÓRGANOS DESCONCENTRADOS, ENTIDADES Y DELEGACIONES, PARA GARANTIZAR LOS PRINCIPIOS DE EQUIDAD E IMPARCIALIDAD CON MOTIVO DEL PROCESO ELECTORAL DEL AÑO 2015, EN LA CIUDAD DE MÉXICO.

DR. MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 41, fracción III, apartado C, párrafo segundo, 122, Apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso b), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 209 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 8°, fracción II, 67, fracción II, 90 y 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; y 320 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal; y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, el Jefe de Gobierno promulgará, publicará y ejecutará las leyes y decretos que expida la Asamblea Legislativa, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia, mediante la expedición de reglamentos, decretos y acuerdos;

Que la organización administrativa del Distrito Federal en los procedimientos y actos administrativos, en general, debe atender los principios de simplificación, agilidad, economía, información, precisión, legalidad, transparencia e imparcialidad;

Que el 7 de junio de este año 2015, se llevarán a cabo en la Ciudad de México las jornadas electorales Federal y Local para la renovación de diputados federales, diputados locales y jefes delegacionales, atendiendo a las normas constitucionales, federales y locales electorales vigentes;

Que de conformidad con el artículo 134, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:

"Los recursos económicos de que dispongan, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados";

Y en el párrafo séptimo, del mismo numeral Constitucional señalado en el considerando anterior, se establece que:

"Los servidores públicos de la Federación, los Estados y los municipios, así como del...

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