Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para el otorgamiento de apoyos a las entidades federativas en el marco del Programa Nacional de Prevención del Delito.

Fecha de disposición24 Enero 2018
Fecha de publicación24 Enero 2018
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. JESÚS ALFONSO NAVARRETE PRIDA, Secretario de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 21, párrafos noveno y décimo, incisos c) y d) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 3, 4 y 12 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; 3 de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia; 27, fracciones VIII, X, XII, XVIII y XLIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3 y 7 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018; así como 4, 5 y 6, fracciones IX y XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 21, párrafo noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, la Ciudad de México, los Estados y los municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas;

Que el artículo 27, fracción XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal prevé que corresponde a la Secretaría de Gobernación formular y ejecutar las políticas, programas y acciones tendientes a garantizar la seguridad pública de la Nación;

Que en términos del artículo 2 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la seguridad pública tiene como fines salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos, la prevención especial y general de los delitos, la investigación para hacerla efectiva, la sanción de las infracciones administrativas, así como la investigación y la persecución de los delitos y la reinserción social del individuo, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables;

Que el precepto citado en el párrafo anterior establece que el Estado debe desarrollar políticas en materia de prevención social del delito con carácter integral, sobre las causas que generan la comisión de delitos y conductas antisociales;

Que el artículo 3 de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia señala que la planeación, programación, implementación y evaluación de las políticas públicas, programas y acciones se realizará en los diversos ámbitos de competencia, observando los siguientes principios: respeto irrestricto a los derechos humanos; integralidad; intersectorialidad; y transversalidad; trabajo conjunto; continuidad de las políticas públicas; interdisciplinariedad; diversidad; proximidad; transparencia y rendición de cuentas;

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2013, prevé como Meta Nacional, un México en Paz, cuyo objetivo 1.3. establece mejorar las condiciones de seguridad pública, a través de las estrategias para la aplicación, evaluación y seguimiento del Programa Nacional para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, así como de la promoción de la transformación institucional y el fortalecimiento de las capacidades de las fuerzas de seguridad; en atención a la crisis de inseguridad, al crecimiento sostenido de la delincuencia organizada, en especial de los delitos contra la salud y sus efectos en el aumento del consumo de drogas, así como en impartición de justicia y ausencia de garantías en la protección de derechos humanos;

Que el Programa Sectorial de la Secretaría de Gobernación 2013-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 2013, prevé el objetivo 2. mejorar las condiciones de seguridad y justicia, el cual establece la estrategia 2.4. la cual consiste en fomentar la cultura de legalidad y la participación ciudadana en materia de prevención social, seguridad y justicia;

Que el artículo 74, párrafo segundo de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, establece que los titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios, serán responsables en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables;

Que el artículo 3 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 2017, establece que el Anexo 19 de dicho instrumento, destina $300´000,000.00 (trescientos millones de pesos 00/100 Moneda Nacional), para el otorgamiento de subsidios en el marco del Programa Nacional de Prevención del Delito;

Que los Lineamientos para la integración de los grupos colegiados que en cada entidad federativa supervisarán y evaluarán los programas de prevención que sean financiados con recursos públicos, publicados el 29 de marzo de 2017 en el Diario Oficial de la Federación establecen las bases para la integración y el funcionamiento de los grupos colegiados de carácter civil y académico que en cada entidad federativa supervisarán y evaluarán los programas de prevención social de la violencia y la delincuencia financiados con recursos públicos; dichos grupos colegiados se denominarán Comisiones Ciudadanas de Evaluación y Apoyo a la prevención social de la violencia y la delincuencia;

Que mediante Acuerdo 02/II-SE/2012, de fecha 17 de diciembre de 2012, los miembros del Consejo Nacional de Seguridad Pública se comprometieron a elaborar e impulsar conjuntamente, de manera decidida, un Programa Nacional de Prevención del Delito, con enfoque municipal, que oriente los esfuerzos de las diferentes instancias de los gobiernos federal, estatales y municipales para corregir las situaciones de entorno y de convivencia que provocan violencia social y delincuencia, señalando además que los tres órdenes de gobierno alinearán sus presupuestos para hacer de la prevención del delito una prioridad nacional, y

Que el 11 de febrero de 2013, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se crea con carácter de permanente, la Comisión Intersecretarial para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, cuyo objeto es la coordinación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en el diseño y la ejecución de políticas, programas y acciones en materia de prevención social de la violencia y la delincuencia, he tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE APOYOS A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA NACIONAL DE PREVENCIÓN DEL DELITO

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 26
Artículo 1

Los presentes Lineamientos tienen por objeto establecer las disposiciones para el otorgamiento, ejercicio, vigilancia y seguimiento de los recursos federales en el marco del Programa Nacional de Prevención del Delito.

Artículo 2

Para los efectos de los Lineamientos, se entenderá por:

  1. Anexo Único: al instrumento técnico-jurídico que forma parte integrante del Convenio de Coordinación y Adhesión, el cual deberá estar acorde a los objetivos específicos y estrategias del subsidio, en el que se describen proyectos que implican procesos de prevención, y que incluye montos estimados, destinos de gasto, acciones, descripciones, términos, plazos, cuadros de metas, beneficiarios directos estimados e indicadores;

  2. Capacidades Institucionales: a la disponibilidad y empleo efectivo de los recursos humanos, materiales o tecnológicos por parte de las dependencias o entidades de la administración pública municipal, demarcaciones territoriales en la Ciudad de México, de las entidades federativas, y federal para identificar y atender los factores de riesgo y fortalecer los factores de protección en materia de prevención social de la violencia y la delincuencia;

  3. Cohesión comunitaria: al proceso integral mediante el cual las personas y las comunidades alcanzan su mayor potencial, y que se mide a través de las siguientes ocho dimensiones, interrelacionadas e interdependientes: 1) Derechos y deberes; 2) Interacción, solidaridad y confianza; 3) Igualdad; 4) Identidad y pertenencia; 5) Respeto y valoración de la diversidad; 6) Prevención de divisiones, tensiones, conflictos, amenazas y riesgos; 7) Participación, y 8) Relaciones positivas;

  4. Comisión Estatal: a la Comisión Interinstitucional de las entidades federativas para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia;

  5. Comisión Ciudadana: a las Comisiones Ciudadanas de Evaluación y Apoyo a la prevención social de la violencia y la delincuencia en cada entidad federativa, cuyas funciones se especifican en los "Lineamientos para la integración de grupos colegiados que en cada...

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