Acuerdo por el que se establecen los lineamientos para las notificaciones electrónicas entre la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos del Estado de México, la Subsecretaría Jurídica y de Derechos Humanos, la Dirección General de Procedimientos y Asuntos Notariales, el Colegio de Notarios del Estado de México y los notarios públicos de la entidad.

Lunes 18 de abril de 2022 Sección Primera Tomo: CCXIII No. 67
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SECRETARÍA DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
MAESTRO RODRIGO ESPELETA ALADRO, SECRETARIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, EN EL
EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTICULOS 19, FRACCION XVIII Y 38 TER
FRACCIONES XIII Y XLVI DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE
MÉXICO, Y 7, FRACCIÓN XXV DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA SECRETARÍA DE JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS.
CONSIDERANDO.
1. Que la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México en su artículo 38 Ter fracción XIII dispone
que la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, le corresponde, entre otras facultades, el establecer los
lineamientos y criterios técnico-jurídicos para la aplicación y supervisión del cumplimiento de las disposiciones
jurídicas en materia notarial.
2. Que el artículo 3 fracción VII de la Ley del Notariado del Estado de México, prevé como función notarial al conjunto
de acciones de orden público que el notario realiza, derivado de la fe pública que le es delegada por el Estado, para
garantizar el buen desempeño y la seguridad jurídica en el ejercicio de dicha actividad autenticadora al servicio de la
sociedad.
3. Que conforme a los artículos 2, fracción II, de la Ley del Notariado del Estado de México, el artículo 19 fracción VI y
“CUARTO” “TRANSITORIO”, del Reglamento Interior de la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, es autoridad
en materia notarial la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, por sí o por conducto de la Subsecretaría Jurídica
y de Derechos Humanos, a través de la Dirección General de Procedimientos y Asuntos Notariales, a quien le
corresponde elaborar los lineamientos y criterios técnico-jurídicos a los que se sujetarán los procedimientos
administrativos de los Notarios Públicos, así como supervisar y vigilar el funcionamiento de los mismos.
4. Que el Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, en los artículos 25 fracción V, 26 y 26 bis
fracción I, así como el diverso 28 fracción V, establece que las notificaciones se harán de forma electrónica previa
solicitud que realice la parte interesada en los términos que precisa la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y
Municipios; en el domicilio que se haya señalado en el procedimiento o proceso administrativo, entendiéndose como
aquel, el correo electrónico otorgado para el efecto de oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos; y que se
tendrán por realizadas cuando estén disponibles en el domicilio electrónico de los solicitantes a través de un
documento electrónico.
5. Que con el propósito de eficientar la comunicación entre los Notarios y la Secretaría de Justicia y Derechos
Humanos, la Subsecretaría Jurídica y de Derechos Humanos y la Dirección General de Procedimientos y Asuntos
Notariales, así como aprovechar los avances tecnológicos siguiendo con las directrices establecidas en la Ley de
Gobierno Digital del Estado de México y Municipios, considerando que las tecnologías de la información y
comunicación son herramientas esenciales para la gestión pública; los presentes lineamientos tienen como finalidad
mejorar los trámites administrativos en materia notarial y hacer más eficiente la gestión gubernamental a través del
uso de las tecnologías conforme a la normatividad aplicable.
6. Que el veintidós de septiembre de dos mil veintiuno fue publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, el
Convenio Marco de Colaboración para la implementación de notificaciones electrónicas celebrado entre la Secretaría
de Justicia y Derechos Humanos del Gobierno del Estado de México y el Colegio de Notarios del Estado de México.
En consecuencia, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS PARA LAS NOTIFICACIONES
ELECTRÓNICAS ENTRE LA SECRETARÍA DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE MÉXICO,
LA SUBSECRETARÍA JURÍDICA Y DE DERECHOS HUMANOS, LA DIRECCIÓN GENERAL DE
PROCEDIMIENTOS Y ASUNTOS NOTARIALES, EL COLEGIO DE NOTARIOS DEL ESTADO DE MÉXICO Y LOS
NOTARIOS PÚBLICOS DE LA ENTIDAD.
CAPÍTULO I
Disposiciones generales

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