Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales sobre criterios de selección de medios de comunicación, elaboración de la Estrategia y el Programa Anual de Comunicación Social, reglas relativas a la difusión y autorización de campañas, de las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro para el ejercicio fiscal 2019.

14 de diciembre de 2018 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 42287
PODER EJECUTIVO
COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL
ACUERDO por el que se establecen los Lineamientos Generales sobre criterios de selección de medios de
comunicación, elaboración de la Estrategia y el Programa Anual de Comunicación Social, reglas relativas a la difusión
y autorización de campañas, de las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo del Es tado de Querétaro para el
ejercicio fiscal 2019.
MARIELA DEL ROSARIO MORÁN OCAMPO, Coordinadora de Comunicación Social del Poder Ejecutivo del Estado de
Querétaro, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 134 párrafo octavo de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; artículo 5 último párrafo de la Ley General de Comunicación Social; 4 último párrafo de la Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro; artículo 20 y 27 de la Ley General de Comunicación Social: y
C O N S I D E R A N D O:
Que el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en s u párrafo octavo, establece que la
propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos
autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno,
debe tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social y que además en ningún caso esta
propaganda incluya nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier se rvidor
público;
En fecha 11 de mayo del 2018, el titular del Ejecutivo Federal publicó el Decreto por el que se expidió la Ley General de
Comunicación Social, cuyo espacio de aplicación al ser una Ley General incluye válidamente los órdenes jurídicos parciales
que integran al Estado Mexicano, ya que las leyes generales corresponden a aquellas que el Constituyente o el Poder Revisor
de la Constitución ha renunciado expresamente a su potestad distribuidora de atribuciones entre las entidades políticas que
integran el Estado Mexicano, lo cual se traduce en una excepción al principio establecido por el artículo 124 constitucional, de
tal manera que una vez promulgadas y publicadas, deberán ser aplicadas por las autoridades federales, estales, de la Ciudad
de México y municipales, por lo que el Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro y sus entidades, son sujetos obligados a su
cumplimiento.
Por otra parte, el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2021 prevé gobernar con vistas al desarrollo humano integral para lograr
el financiamiento para el desarrollo, tal como se plasmó en su EJE V, Estrategia V.2, de la que se deriva que entre otras
líneas de acción, la que señala que el Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, tiene la d e fortalecer los mecanismos de
comunicación de las acciones de gobierno hacia la ciudadanía con el Objetivo de Gobierno de lograr una gestión pública
eficaz, eficiente, transparente y austera, para que se traduzca en mejor calidad de vida de la población queretana.
Así, al ser el área de Comunicación Social la Unidad Administrativa que atiende los aspectos inherentes a la comunicación
social y que coadyuva técnicamente en el ejercicio de las a tribuciones del titular del Poder Ejecutivo del Estado y sus
entidades, según lo preceptuado en el artículo 4 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro; en relación
con el artículo 5 de la Ley General de Comunicación Social le corresponde apoyar las acciones gubernamentales, sistematizar
y difundir la información acerca de los propósitos, principios, filosofía política y logro de los planes y programas de gobierno,
información en temas prioritarios y de interés público y contenidos que promuevan el respeto a la diversidad social y cultural
de la Nación, la formación educativa, cultural y cívica, e información imparcial, objetiva, oportuna y veraz del acontecer, así
como de la igualdad entre mujeres y hombres asegurando el acceso de la información difundida al mayor número de personas
que integran el segmento de la población a la que va dirigida, con énfasis particular para contribuir al cambio en las actitudes
y prácticas de la sociedad mediante patrones de conducta influenciados por la formación de estereotipos, ya que la
Comunicación Social Gubernamental debe ser también un instrumento para la construcción de una sociedad más igualitaria,
sin estereotipos discriminatorios y lograr visibilizar las aportaciones de mujeres y hombres para un orden social basado en el
respeto a los derechos humanos.
Por otra parte, conforme a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, reformada el 3 de octubre del 2018,
la Coordinación de Comunicación Social, fungirá como la Secretaría Administradora del Poder Ejecutivo y sus Entidades, para
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efecto de lo dispuesto en la Ley General de Comunicación Social, debiendo cumplir con las obligaciones que con ese carácter
le impone dicho ordenamiento legal, resultando notorio lo estipulado en los numerales 5 y 20 de la Ley General de
Comunicación Social, conforme a los cuales le corresponde emitir los L ineamientos en materia de Comunicación social, los
cuales deben contener:
a) La forma de planeación de la Estrategia, Programas Anuales y ejecución de las Campañas de Comunicación Social.
b) Los criterios de selección de los medios de comunicación, garantizando a través de dichos criterios que se cumplan
con los principios de eficacia, eficiencia, economía y racionalidad presupuestaria, transparencia y máxima publicidad,
honradez, objetividad e imparcialidad, institucionalidad, congruencia y veracidad.
c) Tiempos del procedimiento de autorización de la emisión de las campañas a las dependencias y entidades del Poder
Ejecutivo del Estado de Querétaro.
d) Requisitos que deberán contener las solicitudes de autorización de las campañas.
e) Forma de Prestar asistencia técnica a las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro
respecto de sus obligaciones derivadas de la Ley General de Comunicación Social.
f) Forma de evaluar las Estrategias, la cual se trata del Instrumento de planeación que expresa los temas
gubernamentales prioritarios a ser difundidos durante el ejercicio fiscal por los Entes Públicos.
g) Forma de evaluar Programas Anuales, los cuales se trata del conjunto de Campañas de Comunicación Social,
derivadas de la Estrategia anual de Comunicación Social, encaminadas al cumplimiento de las acciones establecidas
por el Ente Público que coadyuvarán al logro de sus atribuciones, y que se costean con cargo a sus recursos
presupuestarios.
h) Forma de evaluar Campañas de Comunicación Social de las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo del
Estado de Querétaro, a fin de que se lleven a cabo respetando los criterios de eficacia, e ficiencia, economía y
racionalidad presupuestaria, transparencia y máxima publicidad, honradez, objetividad e imparcialidad,
institucionalidad, congruencia y veracidad.
Que el otorgamiento y distribución de publicidad oficial debe realizarse bajo criterios objetivos, imparciales y transparentes
que garanticen la igualdad de oportunidades a favor de los distintos medios de comunicación;
Que la Estrategia y Programa Anual de Comunicación Social deben ejecutarse asegurando el acceso a la información o
mensajes a difundirse al mayor número de personas de su segmento objetivo, ya que con ello, los ciudadanos pueden ejercer
un control respecto del funcionamiento institucional de los poderes públicos, posibilitando el ejercicio de la libertad de
expresión en un contexto de mayor diversidad de datos, así como el ejercicio de derechos.
A su vez, es notorio que la sociedad queretana se encuentra conformada de grandes grupos y subgrupos con intereses
diversos y que también existen medios de comunicación que por su estructura se encuentran diseñados para satisfacer a
públicos específicos, ya sea por sexo, edad, ocupación, economía, o en razón a los lazos que los cohesionan y dirigen hacia
metas comunes; tales como una agrupación profesional o una organización laboral, política y social.
Por lo anterior, a fin de diversificar y mejorar las instancias y mecanismos de c omunicación gubernamental, se emite el
siguiente;

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