Acuerdo por el que se establecen días inhábiles y suspensión de términos y plazos inherentes a los procedimientos administrativos, trámites y servicios ante la Alcaldía Azcapotzalco, correspondientes al ejercicio 2024

12 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 21 de diciembre de 2023 A L C A L D Í A S ALCALDÍA EN AZCAPOTZALCO Maestra Margarita Saldaña Hernández, Alcaldesa en Azcapotzalco, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122, apartado A, base VI, incisos a) y c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 52, 53, apartado A, numerales 1, 2, 11, 12, fracción I y 13; apartado B, numerales 1 y 3, inciso a), fracciones I, III, VII y X, 56, numeral 2, fracción VI y 60, numeral 1 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 1, 2, fracciones I y II, 3, 4, 5, 6, 9, 15, 16, 20, 21, 29, 30 y 31, fracciones I, III, VII y VIII, 71 y 207, fracciones IV y VII de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; 11, párrafo primero, 71, 72 y 75 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México y 33 de los Lineamientos para la Gestión de Solicitudes de Información Pública y de Datos Personales en la Ciudad de México; y C O N S I D E R A N D O Que la Ciudad de México es una entidad federativa que goza de autonomía en todo lo concerniente a su régimen interior y a su organización política y administrativa, cuya división territorial, así como el número, la denominación y los límites de sus demarcaciones territoriales serán definidos conforme su Constitución Política de la Ciudad de México. Que las demarcaciones territoriales son la base de la división territorial y de la organización político-administrativa de la Ciudad de México, conformándose por habitantes, territorio y autoridades políticas democráticamente electas. Son el orden de gobierno más próximo a la población de la Ciudad y sus instituciones se fundamentan en un régimen democrático, representativo y de participación ciudadana, así0301 como en los preceptos del buen gobierno. Que las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se encuentran integradas por Álvaro Obregón, Azcapotzalco, Benito Juárez, Coyoacán, Cuajimalpa del Morelos, Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero, Iztacalco, Iztapalapa, Magdalena Contreras, Miguel Hidalgo, Milpa Alta, Tláhuac, Tlalpan, Venustiano Carranza y Xochimilco, las cuales están dotadas de personalidad jurídica y autonomía en cuanto a su administración y al ejercicio de su presupuesto, integradas por una Alcaldesa o Alcalde electo por votación universal, libre, secreta y directa, para un periodo de tres años, a quienes corresponde la administración pública de sus demarcaciones territoriales. Que las Alcaldías tiene como finalidades, entre...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR