ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS DÍAS INHÁBILES, QUE DURANTE EL AÑO 2017, TENDRÁ LA DIRECCIÓN DE REGULACIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES

Fecha de publicación06 Febrero 2017
SecciónCuarta Sección
Pág. 60 PERIÓDICO OFICIAL Febrero 6 de 2017
(Cuarta Sección)
Aguascalientes, Ags.,
“Calendario de transferencia de los recursos autorizados”
Por medio del presente informo que el Calendario de transferencia de los recursos autorizados por el
Comité Técnico del Fideicomiso del Sistema de Protección Social en Salud mediante Acuerdo O.II.48/0513,
dictado en la Segunda Sesión Ordinaria, celebrada el 31 de mayo de 2013, es el siguiente:
CALENDARIO DE TRANSFERENCIA DE LOS RECURSOS AUTORIZADOS PARA OBRA.
INICIO: 30 DE AGOSTO DE 2016
TERMINO: 28 DE FEBRERO DE 2018
Dr. José Francisco Esparza Parada,
SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL
DEL INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD
DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES.
SECRETARÍA DE SALUD
INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD
ACUERDO por el que se establece los días inhábiles, además de los comprendidos en el artículo 32 de
la Dirección de Regulación Sanitaria del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes.
JOSÉ RENÉ MANUEL ANGUIANO MARTÍNEZ, Secretario de Salud y Director General del Instituto de
Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 15
Fracción VI y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes; 4º y 32 de la
C O N S I D E R A N D O :
Que el Acuerdo por el que se dan a conocer los trámites y servicios, así como los formatos que aplica la
Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, inscritos
en el Registro Federal de Trámites y Servicios de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, publicado en el
Diario Ocial de la Federación el 28 de enero de 2011, determina los plazos que deben cumplir los particulares
en los trámites que se realicen ante la citada Comisión Federal, así como las autoridades sanitarias de las
entidades federativas, en base a los Acuerdos Especícos de Coordinación respectivos;
Que en el cómputo de los plazos establecidos por días, que jan las disposiciones jurídicas cuya aplicación
corresponde al Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, por conducto de la Dirección de
Regulación Sanitaria, no deben considerarse los días inhábiles;
regula los actos, procedimientos y resoluciones de la Administración Pública Estatal, incluyendo a sus órga-
nos administrativos descentralizados, el cual establece en su artículo 32 que, las actuaciones y diligencias
deben ser practicadas en días y horas hábiles, y señala como inhábiles: los sábados, los domingos, el
1o. de enero, 5 de febrero, 21 de marzo, 1o. y 5 de mayo, 16 de septiembre, 20 de noviembre, 1o. de
diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Estatal y el 25
de diciembre, así como los días en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o
aquéllos en que se suspendan las labores, los que se harán del conocimiento público mediante acuerdo
del titular de la dependencia respectiva, que se publicarán en el Periódico Ocial del Estado y en su caso, en
las Gacetas Municipales del mismo.
Por lo anterior, y a n de brindar a los particulares certeza y seguridad jurídica en la realización de sus
trámites ante el Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, a través de la Dirección de
Regulación Sanitaria, he tenido a bien expedir el siguiente
A C U E R D O :
ARTÍCULO PRIMERO.- Los días inhábiles que durante el año 2017, tendrán la Dirección de Regulación
Sanitaria, del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, serán los días 6 de febrero (en

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