Acuerdo por el que se establecen las Bases del Régimen de Suplencias para la Operación de la Ley General de Responsabilidades Administrativas en la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, en materia de autoridades investigadora, sustanciadora y resolutora.

Fecha de publicación27 Julio 2022
SecciónUNICA. Poder Legislativo
EmisorCAMARA DE DIPUTADOS
ACUERDO por el que se establecen las Bases del Régimen de Suplencias para la Operación de la <a href="https://vlex.com.mx/vid/ley-general-responsabilidades-administrativas-645361133">Ley General de Responsabilidades Administrativas</a> en la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de l
ACUERDO por el que se establecen las Bases del Régimen de Suplencias para la Operación de la Ley General deResponsabilidades Administrativas en la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, en materia de autoridades investigadora, sustanciadora y resolutora. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Diputados.- LXV Legislatura.- Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.- Unidad de Evaluación y Control.- Oficina del Titular.- "2022, Año de Ricardo Flores Magón".
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS BASES DEL RÉGIMEN DE SUPLENCIAS PARA LA OPERACIÓN DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS EN LA UNIDAD DE EVALUACIÓN Y CONTROL DE LA COMISIÓN DE VIGILANCIA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN, EN MATERIA DE AUTORIDADES INVESTIGADORA, SUSTANCIADORA Y RESOLUTORA.
El suscrito Dr. David Villanueva Lomelí, Titular de la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 102, 103 segundo párrafo, 104 y 107, fracción IV de la Ley de Fiscalización yRendición de Cuentas de la Federación, así como 8, fracciones XXIV y XXVII del Reglamento Interior de la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados, y
CONSIDERANDO
I. Que el 27 de mayo de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma constitucional en materia de combate a la corrupción; en la misma se establecieron nuevos paradigmas en materia de fiscalización superior de la Federación, así como de responsabilidades administrativas de los servidores públicos y de los particulares.
II. Que el artículo 115 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2016, establece un mandato para los Órganos Internos de Control, consistente en garantizar la independencia entre las autoridades investigadora y sustanciadora en el ejercicio de sus funciones, de forma tal que la autoridad a quien se encomiende la substanciación y, en su caso, resolución del procedimiento de responsabilidad administrativa, deberá ser distinta de aquélla o aquellas encargadas de la investigación.
III. Que con el objetivo de apoyar a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, en el cumplimiento de sus atribuciones, existirá la Unidad de Evaluación y Control, la cual está encargada de coadyuvar y asistir a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación en el cumplimiento de sus atribuciones, entre otras facultades.
IV. Que el 18 de julio de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Fiscalización yRendición de Cuentas de la Federación, la cual establece en su artículo 103, segundo párrafo que la Unidad de Evaluación y Control en el caso de los servidores públicos de la Auditoría Superior de la Federación, podrá imponer las sanciones administrativas no graves previstas en la Ley General de ResponsabilidadesAdministrativas o, tratándose de faltas graves en términos de dicha ley,...

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