Acuerdo por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales de la Secretaría del Trabajo del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, así como de sus organismos desconcentrados en atención a la enfermedad COVID-19.

Fecha de disposición30 Abril 2020
Fecha de publicación30 Abril 2020
Número de Gaceta36
30 de abril de 2020 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 9269
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DEL TRABAJO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DEL TRABAJO.
LIC. MARIO FERNANDO RAMÍREZ RETOLAZA, Secretario del Trabajo del Poder Ejecutivo del Estado de
Querétaro, en ejercicio de las atribuciones que me confieren los artículos 123 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 20 -tercer párrafo- de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Querétaro, 3, 17, 18 y 19 fracción VIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, 1, 2, 4, 7
y 8 del Reglamento Interior de esta Secretaría, y
CONSIDERANDO
1. Que la protección de la salud es un objetivo que legítimamente puede perseguir el Estado, toda vez que se
trata de un derecho fundamental reconocido en el artículo 4º constitucional, en el cual se establece expresamente
que toda persona tiene derecho a la protección de la salud. En este sentido, el derecho a la protección de la salud
implica la promoción del bienestar físico y mental de las personas, para contribuir al ejercicio pleno de sus
capacidades.
2. Que la Organización Mundial de la Salud declaró en fecha 11 de marzo de 2020, que la epidemia por el virus
SARS-CoV2 (COVID-19), es considerado como pandemia, luego de que el número de los países afectados se
ha triplicado y hay más de 118,000 casos en el mundo.
3. Que en fecha 13 de marzo de 2020 fue publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro
“La Sombra de Arteaga”, el Acuerdo que crea el Comité Técnico para la atención del COVID-19 como un órgano
desconcentrado, sectorizado a la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, teniendo por
objeto coadyuvar con la Secretaría de Salud, en la determinación e implementación de estrategias para la
atención del COVID-19, sus complicaciones sanitarias y sociales, de conformidad con las disposiciones jurídicas
aplicables y las recomendaciones emitidas por la Organización Mundial de la Salud.
4. Que en fecha 18 de marzo de 2020 fue publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro
“La Sombra de Arteaga”, el Acuerdo de Recomendaciones Generales COVID-19, emitidas por la Secretaría de
Salud del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro.
5. Que la fracción XI del Artículo Primero de las Recomendaciones Generales COVID-19, contempla la obligación
de implementar en todo el estado de Querétaro, la aplicación de alternativas o modalidades para la ejecución de
actividades laborales, a fin de disminuir las presenciales.
6. Que el 19 de marzo de 2020 fue publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La
Sombra de Arteaga”, el Acuerdo de Medidas de Seguridad Sanitaria, emitido por el Consejo Estatal de Seguridad,
por medio del cual se establecieron 28 medidas para controlar y mitigar la enfermedad COVID-19.
7. Que la medida DÉCIMA del Acuerdo de Medidas de Seguridad Sanitaria, señala que las autoridades estatales
y municipales en el ámbito de su competencia, determinarán acciones que aseguren distanciamiento social, para
garantizar el cumplimiento de las recomendaciones de las autoridades sanitarias. Por su parte, la DÉCIMA
OCTAVA indica que las dependencias, entidades, órganos y demás unidades administrativas del sector público,
se abstendrán de celebrar sesiones, reuniones, consejos, congresos y en general cualquier evento masivo o que
congreguen un número importante de personas, sin importar si se trata exclusivamente de servidores públicos.
8. Que el 27 de marzo de 2020 fue publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La
Sombra de Arteaga”, el Acuerdo de Lineamientos Aplicables a los Servidores Públicos del Estado de Querétaro
para el Desempeño de sus Funciones y el Control de la Enfermedad COVID-19, emitido por Oficialía Mayor del
Poder Ejecutivo del Estado.

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