Acuerdo por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales en el Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa, como medida de prevención y combate de la propagación del coronavirus COVID-19.

Fecha de disposición17 Abril 2020
Fecha de publicación17 Abril 2020
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE LA INFRAESTRUCTURA FISICA EDUCATIVA

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- EDUCACIÓN.- Secretaría de Educación Pública.- Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa. JORGE JAVIER JIMÉNEZ ALCARAZ, Director General del Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3 fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 22 fracciones I y II, y 59 fracción I de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 4 y 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; Tercero y Cuarto Transitorios de la Ley General de Educación; 286 y 365 del Código Federal de Procedimientos Civiles, y 11 fracción I del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa, y

CONSIDERANDO

Que la Organización Mundial de la Salud, declaró el pasado 11 de marzo de 2020, como pandemia global al coronavirus COVID-19 en razón de su capacidad de contagio a la población en general;

Que el Gobierno de la República ha actuado con plena responsabilidad y oportunidad para procurar la seguridad en la salud de sus habitantes, ha considerado necesario la adopción de diversas acciones para prevenir los efectos del COVID-19, entre las que se encuentran el reforzamiento de las medidas de higiene y distanciamiento;

Que el Consejo de Salubridad General, en la primera sesión extraordinaria del 19 de marzo de 2020, determinó constituirse en sesión permanente en su carácter de autoridad sanitaria, reconociendo al COVID-19 como enfermedad grave de atención prioritaria y contempla la adopción de medidas, incluidas aquellas para espacios cerrados y abiertos, determinación que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación en fecha 24 de marzo de 2020;

Que la Secretaría de Educación Pública, instrumentó como medidas preventivas por COVID-19, el otorgar dos semanas previas al periodo vacacional oficial para la suspensión de actividades escolares, en suma, del 23 de marzo al 17 de abril de 2020; a fin de cooperar en el ejercicio de las acciones para prevenir y combatir el contagio del COVID-19;

Que con fecha 20 de marzo de 2020 la Secretaría de Educación Pública publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo número 03/03/20 por el que se suspenden los plazos y términos relacionados con los trámites y procedimientos administrativos que se llevan a cabo ante la Secretaría de...

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