Acuerdo que establece a los servidores públicos del Instituto de la Función Registral del Estado de México de niveles diversos a los señalados en el párrafo primero del artículo 6 del Reglamento para los Procesos de Entrega y Recepción y de Rendición de Cuentas de la Administración Pública del Estado de México, como sujetos obligados al proceso de entrega y recepción a la conclusión del empleo, comisión o cargo público.

Miércoles 23 de febrero de 2022 Sección Primera Tomo: CCXIII No. 36
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SECRETARÍA DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Al margen Escudo del Estado de México y un logotipo que dice: IFREM Instituto de la Función Registral del
Estado de México.
SECRETARÍA DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE MÉXICO
INSTITUTO DE LA FUNCIÓN REGISTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO.
Licenciado en Derecho Christian Gerardo Gasca Droppert, Director General del Instituto de la Función Registral del
Estado de México, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley que crea el Organismo Público
Descentralizado denominado Instituto de la Función Registral del Estado de México, artículo 10 del Reglamento
Interior del Instituto de la Función Registral del Estado de México y el artículo 6 del Reglamento para los Procesos de
Entrega y Recepción y de Rendición de Cuentas de la Administración Pública del Estado de México y;
CONSIDERANDO
Que en fecha 30 de julio de 2020, fue publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” El Reglamento para los
Procesos de Entrega y Recepción y de Rendición de Cuentas de la Administración Pública del Estado de México;
cuyo objeto radica en regular la Entrega y Recepción de las unidades administrativas que deben llevar a cabo las
personas servidoras públicas al iniciar y al concluir un empleo, comisión o cargo público, de las Dependencias y
Organismos Auxiliares de la Administración Pública del Estado de México.
Que en términos de los artículos 5, 6, 7 párrafo 1° y 28 del Reglamento para los Procesos de Entrega y Recepción y
de Rendición de Cuentas de la Administración Pública del Estado de México, el proceso de Entrega y Recepción se
realizará cuando un servidor público se separe de su empleo, comisión o cargo público, por cualquier motivo,
incluyendo licencias, suplencias, encargos o Término del Periodo Constitucional.
El proceso de Entrega y Recepción también deberá llevarse a cabo en los casos de escisión, eliminación,
readscripción, descentralización, desconcentración, extensión, liquidación o fusión, de Unidades Administrativas,
Dependencias u Organismos Auxiliares, según corresponda, que impliquen la transferencia total o parcial de
Unidades Administrativas o funciones, independientemente de que haya continuidad de servidores públicos.
Las personas titulares de las Dependencias y Organismos Auxiliares, previa opinión de la persona titular del Órgano
Interno de Control correspondiente, determinarán, mediante acuerdo publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del
Gobierno”, la relación del personal del servicio público que, en adición a los ya señalados, esté obligado a realizar el
proceso de Entrega y Recepción, señalando nombre, cargo, área de adscripción, ubicación física y tipo de fondos,
bienes y valores públicos que tenga a su cargo, así como las actualizaciones correspondientes, por lo que , se ha
tenido a bien expedir el siguiente:
“ACUERDO QUE ESTABLECE A LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL INSTITUTO DE LA FUNCIÓN REGISTRAL
DEL ESTADO DE MÉXICO DE NIVELES DIVERSOS A LOS SEÑALADOS EN EL PÁRRAFO PRIMERO DEL
ARTÍCULO 6 DEL REGLAMENTO PARA LOS PROCESOS DE ENTREGA Y RECEPCIÓN Y DE RENDICIÓN DE
CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO, COMO SUJETOS OBLIGADOS AL
PROCESO DE ENTREGA Y RECEPCIÓN A LA CONCLUSIÓN DEL EMPLEO, COMISIÓN O CARGO PÚBLICO”.
PRIMERO. - En el Instituto de la Función Registral del Estado de México, además de las personas servidoras
públicas señaladas en el artículo 6 del Reglamento para los Procesos de Entrega y Recepción y de Rendición de
Cuentas de la Administración Pública del Estado de México, son sujetos obligados a la entrega recepción, las
personas servidoras públicas que tengan a cargo las responsabilidades siguientes:

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