Acuerdo que establece al personal adscrito a la Procuraduría del Colono de puestos distintos a los señalados en el párrafo primero del articulo 4 del Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento para la Entrega y Recepción de las Unidades Administrativas de la Administración Pública del Estado de México, como obligados al proceso de entrega y recepción

Página 2 9 de septiembre de 2016
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
La Procuraduría del Colono del Estado de México, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 14, fracción VII, del
Decreto del Ejecutivo del Estado por el que se crea la Procuraduría para la Defensa del Colono de 17 de diciembre de 2012;
y 4 del Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se Reforman, Adicionan y Derogan diversas disposiciones del
Reglamento para la Entrega y Recepción de las Unidades Administrativas de la Administración Pública del Estado de
México, y
CONSIDERANDO
Que con fecha 10 de mayo de 2010, fue publicado en la “Gaceta del Gobierno” el Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el
que se Reforman, Adicionan y Derogan diversas disposiciones del Reglamento para la Entrega y Recepción de las
Unidades Administrativas de la Administración Pública del Estado de México, cuyo objeto es regular la Entrega y Recepción
de las Unidades Administrativas a cargo de los servidores públicos de las Dependencias y Organismos Auxiliares de la
Administración Pública del Estado de México.
Que en términos del artículo 3 del referido Acuerdo del Ejecutivo, la Entrega y Recepción se realizará cuando un servidor
público se separe de su empleo, cargo o comisión, por cualquier motivo, incluyendo licencias, suplencias, encargos o por
Término del Periodo Constitucional.
Que en el artículo 4, tercer párrafo del citado Acuerdo, se señala que quien sea titular de la Dependencia u Organismo
Auxiliar determinará mediante acuerdo publicado en la “Gaceta del Gobierno”, a las y los servidores públicos de puestos
distintos a los señalados en ese artículo, que sean responsables de fondos, valores, almacenes, bienes, documentos,
funciones, actividades o asuntos que considere de importancia, como sujetos obligados al proceso de Entrega y Recepción.
Que con fecha 26 de febrero de 2016, fue publicado en el periódico oficial "Gaceta del Gobierno" el Acuerdo del Ejecutivo
del Estado por el que se establece el Programa para la Entrega y Recepción de la Administración Pública del Estado de
México por el Término del Periodo Constitucional 2011-2017, cuyo objetivo es disponer las acciones que deberá cumplir
quien tenga la titularidad de las dependencias y organismos auxiliares de la administración pública del Estado de México y
las unidades administrativas que la integran, para preparar los documentos de sus respectivas competencias para la entrega
por el término del periodo constitucional 2011-2017, a quienes habrán de sucederlos en sus empleos, cargos o comisiones
en la siguiente administración, de manera oportuna, transparente, uniforme y ordenada.
Que en este tenor, a efecto de estar en condiciones de dar cuenta cabal y puntual sobre el estado que guarda la
administración de la Procuraduría de Colono del Estado de México y, al mismo tiempo, dar cabal cumplimiento a las
disposiciones del invocado Acuerdo del Titular del Ejecutivo Estatal, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO QUE ESTABLECE AL PERSONAL ADSCRITO A LA PROCURADURÍA DEL COLONO DE PUESTOS
DISTINTOS A LOS SEÑALADOS EN EL PÁRRAFO PRIMERO DEL ARTÍCULO 4 DEL ACUERDO DEL EJECUTIVO DEL
ESTADO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO
PARA LA ENTREGA Y RECEPCIÓN DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL
ESTADO DE MÉXICO, COMO OBLIGADOS AL PROCESO DE ENTREGA Y RECEPCIÓN.
PRIMERO.- En la Procuraduría del Colono, además de las y los servidores públicos señalados en el primer párrafo del
artículo 4 del Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se Reforman, Adicionan y Derogan diversas disposiciones del
Reglamento para la Entrega y Recepción de las Unidades Administrativas de la Administración Pública del Estado de
México, se encuentran obligados a llevar a cabo el proceso de entrega y recepción:
I. La o El servidor público responsable del área presupuestal, recursos materiales y servicios generales; y
II. La o El servidor público responsable del área contable, financiera y de recursos humanos.

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