Acuerdo que establece los Lineamientos para el seguimiento de los Asuntos, relacionados con la Subsecretaría del Sistema Penitenciario, y la Transferencia de Archivos y Asuntos al Órgano Interno de Control en la Secretaría de Seguridad Ciudadana

8 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 24 de septiembre de 2021

JUAN JOSÉ SERRANO MENDOZA, Secretario de la Contraloría General de la Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 33, numeral 1, 60 y 61 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 2, 11, fracción I, 16, fracción III, 20, fracción IX, 28, fracciones V y X, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 14, 15 y 16 de la Ley de Auditoría y Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; 21 y 24 de la Ley de Entrega Recepción de los Recursos de la Administración Pública de la Ciudad de México; 7, fracción III, 9, 20, fracciones VI, XI y XVIII, del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; y

CONSIDERANDO

Que en términos de lo establecido por los artículos 61, numeral 1, de la Constitución Política de la Ciudad de México; 28, fracción V, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, todos los entes públicos de la Ciudad de México contarán con órganos internos de control, mismos que serán coordinados por la Secretaría de la Contraloría General, y se regirán por los lineamientos que ésta emita para su actuación.

Que el artículo 9 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, establece que al interior de cada Dependencia, operará un Órgano Interno de Control dependiente de la Secretaría de la Contraloría General.

Que el artículo 24 de la Ley de Entrega Recepción de los Recursos de la Administración Pública de la Ciudad de México, faculta a la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México, para dictar las medidas complementarias para la observancia de dicha Ley.

Que de conformidad con el Lineamiento Tercero, fracción III, del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales para la Observancia de la Ley de Entrega Recepción de los Recursos de la Administración Pública de la Ciudad de México, el Acta Administrativa de transferencia de recursos, es el documento en el que se deja constancia de los asuntos relacionados con recursos financieros, humanos y materiales, cuando se reciban recursos con motivo de la creación, extinción o fusión de entes públicos, unidades administrativas, unidades administrativas de apoyo técnico-operativo, transferencia o reasignación de funciones o la entrega material de recursos, aun cuando no implique la separación del empleo, cargo o comisión.

Que...

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