Acuerdo por el que se emiten las Medidas de Movilidad Peatonal en el Centro Histórico de la Ciudad de México para la implementación del Plan Gradual hacia la Nueva Normalidad

JEFATURA DE GOBIERNO

DRA. CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4 y 122 Apartado A base III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2 fracciones I, II, IV y V, 4 fracción IV, 135, 140, 152 de la Ley General de Salud; 4 Apartado A numerales 1 y 3, 9 Apartado D numeral 3 incisos c) y d) y 32 Apartados A numeral 1 y C numeral 1 incisos a) y c) de la Constitución Política de la Ciudad de México; 3 fracciones XVII y XVIII, 7 primer párrafo, 10 fracciones II y IV, 12, 20, fracción V y 21 párrafo primero de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 11 primer párrafo de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; así como 13 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; y

CONSIDERANDO

Que el 11 de marzo de 2020 fue declarada por la Organización Mundial de la Salud, como emergencia de salud pública de importancia internacional, la aparición y propagación del virus Sars-CoV2 (COVID-19), considerado como pandemia por lo que los gobiernos en todo el mundo implementaron medidas urgentes de diversa naturaleza para contrarrestar el impacto de dicho virus.

Que el 31 de marzo del 2020 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Aviso por el que se da a conocer la Declaratoria de Emergencia Sanitaria por causa de fuerza mayor del Consejo de Salud de la Ciudad de México, en concordancia con la emergencia sanitaria declarada por el Consejo de Salubridad General, para controlar, mitigar y evitar la propagación del COVID-19, en cuyo artículo Cuarto se establece que serán asumidas las acciones establecidas en la Declaratoria de Emergencia Nacional del Consejo de Salubridad General del Gobierno de México.

Que con fecha 1 de abril del citado año, se publicó en el mismo medio oficial el Tercer Acuerdo por el que se determinan acciones extraordinarias en la Ciudad de México para atender la Declaratoria de Emergencia Sanitaria por causa de fuerza mayor, en concordancia con el Acuerdo del Consejo de Salubridad General del Gobierno Federal, con el propósito de evitar el contagio y propagación del Covid201319, mediante el cual se ordenó la suspensión inmediata de las actividades no esenciales, con la finalidad de

mitigar la dispersión y transmisión del virus SARS-CoV2 en la Ciudad de México.

Que con fecha 29 de mayo de 2020 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Sexto Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la Ejecución del Plan Gradual Hacia la Nueva Normalidad en la Ciudad de México y se crea el Comité de Monitoreo, cuyo objeto consiste en establecer los aspectos necesarios para la ejecución del Plan Gradual hacia la Nueva Normalidad en la Ciudad de México, mediante un sistema de Semáforo determinado en coordinación con la Secretaría de Salud del Gobierno Federal, conforme al cual se llevará a cabo la continuidad paulatina y progresiva de las actividades económicas, laborales, sociales, educativas, culturales, de transporte y gubernamentales en la Ciudad de México, de acuerdo a protocolos estrictos de protección a la salud de los trabajadores, empleadores y personas que habitan o visitan la Ciudad de México.

Que el Centro Histórico tiene una alta concentración de empleos, escuelas, instituciones, museos y actividades comerciales que atraen diariamente más de 800,000 viajes en tiempos normales. Asimismo, la circulación peatonal en esta zona se hace en banquetas que usualmente resultan estrechas para mantener medidas de sana distancia. Dada la configuración vial del Centro Histórico y sus actividades, uno de los retos principales es emprender el tránsito hacia la nueva normalidad ofreciendo las condiciones laborales y de movilidad más adecuadas para evitar contagios. Esto implica establecer nuevas condiciones para el tránsito de personas y vehículos, informar e interactuar de manera permanente con los sectores productivos y generar la colaboración de usuarios y visitantes de esta zona estratégica de la ciudad.

Que el 26 de junio de 2020 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Cuarto Aviso por el que se da a conocer el color del Semáforo Epidemiológico de la Ciudad de México, así como las Medidas de Protección a la Salud que deberán observarse, además de las establecidas con anterioridad en el marco de la Nueva Normalidad en la Ciudad de México, en el que se informa que en el período comprendido del 29 de junio al 05 de julio del presente año, el color del Semáforo Epidemiológico de la Ciudad de México será NARANJA por lo que las actividades económicas en el Centro Histórico se reanudarán de manera gradual conforme a las medidas específicas que para tal efecto se emitan; por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:

4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 29 de junio de 2020

ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LAS MEDIDAS DE MOVILIDAD PEATONAL EN EL CENTRO HISTÓRICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN GRADUAL HACIA LA NUEVA NORMALIDAD

Artículo 1. Objeto.

Establecer restricciones temporales de circulación a vehículos motorizados con la finalidad de ampliar el espacio peatonal y así garantizar la sana distancia de seguridad entre los peatones.

Artículo 2. Ámbito material y personal de aplicación.

Las disposiciones de este Acuerdo son de orden público e interés general en el área de aplicación del Centro Histórico de la Ciudad de México que se detalla en el Artículo 3 del presente.

Artículo 3. Ámbito territorial de aplicación.

Para los efectos del presente instrumento, se entenderá como zona de aplicación en el Centro Histórico de la Ciudad de México, el territorio conformado por el siguiente perímetro:

Partiendo de José María Izagaga y Eje Central. Av. Eje Central - Belisario Domínguez - República de Brasil -...

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