Acuerdo por el que se emiten los lineamientos del servicio profesional del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios

4 de noviembre de 2016 Página 23
EL PLENO del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de
México y Municipios, con fundamento en los artículos 36 fracción XLVI, 44 y el Transitorio Décimo Primero de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, y
C O N S I D E R A N D O
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México en su artículo 5, párrafo décimo noveno, fracción VIII
establece que la Legislatura de la entidad podrá crear un órgano autónomo, especializado, imparcial, colegiado, con
personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena autonomía técnica, de gestión, capacidad para decidir sobre el ejercicio
de su presupuesto y determinar su organización interna, responsable de garantizar el cumplimiento del derecho de acceso a
la información pública y a la protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados en los términos que
establezca la ley.
Que el 24 de julio de 2008 mediante decreto número 172 la LVI Legislatura tuvo a bien aprobar reformas, adiciones y
derogaciones a la Ley de Transparencia y en su artículo 56 menciona que se crea el Órgano Público Autónomo de carácter
estatal denominado Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, dotado
de personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía operativa, presupuestaria y de decisión, que tiene por objeto la
difusión, protección y respeto al derecho de acceso a la información pública.
Que el 4 de mayo de 2016 se publicó en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México, el Decreto número
83, por el que se expide la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios,
misma que entró en vigor el 5 de mayo del presente año; y que tiene por objeto el establecer los principios, bases generales
y procedimientos para tutelar y garantizar la transparencia y el derecho humano de acceso a la información pública en
posesión de los sujetos obligados.
Que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios establece en el artículo
36 fracción XLVI la atribución del Instituto para expedir los lineamientos que regulen el servicio profesional en materia de
transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales; y en su artículo 44 precisa que el servicio
profesional será la base del funcionamiento del Instituto, haciendo necesario contar con el personal especializado en la
materia.
Que con la finalidad de contar con un mecanismo que establezca las pautas para lograr mejores resultados en materia de
transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales, a través de los servidores públicos de este
Instituto; es necesario establecer el Servicio Profesional del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y
Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios, como un sistema integral y transparente sustentado en
los principios rectores de mérito, aptitud, calidad, eficiencia, desarrollo permanente, imparcialidad, estabilidad laboral y
equidad de género.
Que para el correcto funcionamiento del servicio profesional del Instituto, se incorporan al mismo aquellos puestos cuyos
perfiles profesionales y funciones están vinculados con los propósitos institucionales, así como impulsar el desarrollo
profesional de los servidores públicos del Instituto;
Que para cumplimiento del artículo décimo primero transitorio de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
del Estado de México y Municipios, en donde se establece que el Instituto, emitirá las disposiciones que r egulen el Sistema
de Servicio Profesional, el Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos
Personales del Estado de México y Municipios, expide el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS DEL SERVICIO PROFESIONAL DEL INSTITUTO DE
TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL
ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS
Título Primero
Disposiciones Generales
Capítulo Único
Artículo 1.- Los presentes lineamientos tienen por objeto establecer las bases para el funcionamiento servicio profesional
en el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y
Municipios, para garantizar el desarrollo profesional.

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