Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para la Operación del Programa Producción para el Bienestar para el ejercicio fiscal 2019.

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EmisorSecretaria de Agricultura y Desarrollo Rural

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SADER.- Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural. VÍCTOR MANUEL VILLALOBOS ARÁMBULA, Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, con fundamento en los artículos 25, 26 y 27 fracción XX y 28 párrafo decimotercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9o., 12, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9o. y 12 de la Ley de Planeación; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1o. párrafo segundo, 54, 74, 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 175 de su Reglamento; 1o., 7o., 22 fracción IX incisos a) y d), 32 fracciones X y XI, 54, 104, 109, 115 párrafo segundo y 183 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 1o., 2o., 3o. fracciones III, IV, X, XII y XIII, 5o. y 7o. de la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional; 1o. y 70 fracciones I, XV, XIX, XX, XXVI y XXXVIII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 3o. fracción XXII y 32 fracciones I, III y VI, así como los Anexos 11 y 26 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2018; 1o., 3o. y 5o. fracción XXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y

CONSIDERANDOS

Que el Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) establece que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales.

Que el Artículo 26 de la CPEUM establece que el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.

En el mismo sentido, el artículo 27, fracción XX del citado ordenamiento, hace mención a que el Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación en el desarrollo nacional, y fomentará la actividad agropecuaria para el óptimo uso de la tierra con insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica.

Que de acuerdo a lo establecido en los artículos 1o. y 6o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, se considera de interés público el desarrollo rural sustentable que incluye la planeación y organización de la producción agropecuaria, su industrialización y comercialización, y de los demás bienes y servicios, y todas aquellas acciones tendientes al mejoramiento de la calidad de vida de la población rural. Las acciones que el Estado realiza en el medio rural tienen el carácter prioritario, bajo criterios de equidad social, de género, integralidad, productividad y sustentabilidad.

Que mediante reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación con fecha 30 de noviembre de 2018, se crea la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, debiendo adecuar su estructura en un periodo de 180 días, tendiendo dentro de sus objetivos el procurar la Autosuficiencia Agroalimentaria.

Que en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2018, incluye en los Anexos 11 y 26 el Programa Producción para el Bienestar como uno de los principales programas del Sector Agricultura y Desarrollo Rural, el cual tiene asignado un monto de $9,000,000,000.00 (NUEVE MIL MILLONES DE PESOS 00/100 M.N., con el propósito de contribuir al incremento del grado de autosuficiencia alimentaria, dotando de liquidez y vinculando al acceso a servicios a los pequeños y medianos productores, para colaborar en el aumento de la productividad sustentable de sus predios, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA PRODUCCIÓN PARA EL BIENESTAR PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019

Contenido

Título I Disposiciones Generales

1.1. Objetivo del Acuerdo

1.2. Glosario de términos

1.3. Objetivos del Programa

1.3.1. Objetivo General

1.3.2. Objetivo específico

1.4. Ámbito de aplicación

1.5. Interpretación

Título II Operación del Programa

2.1. Población Objetivo

2.2. Incentivos y montos máximos

2.3. Criterios de elegibilidad

2.4. Instancias que participan en el Programa

2.5.

Anexos que aplican al Programa

2.6.

Apertura y cierre de ventanillas

2.7. Mecánica Operativa

Título III Disposiciones Complementarias

3.1. Derechos y obligaciones de los beneficiarios

3.2. Exclusiones

3.3. Supervisión

3.4. Coordinación Institucional

3.5. Incumplimiento de los beneficiarios

3.6. Quejas y denuncias

Transitorios

Anexos

Titulo I Disposiciones Generales

1.1. Objeto del Acuerdo

El presente Acuerdo tiene por objeto dar a conocer los Lineamientos para la Operación del Programa Producción para el Bienestar para el Ejercicio Fiscal 2019.

1.2. Glosario de términos

Para efectos y aplicación de los presentes Lineamientos, se entenderá por:

  1. Beneficiario.- Persona física o moral que recibe el incentivo previsto en los presentes Lineamientos Generales;

  2. CADER.- Centro de Apoyo al Desarrollo Rural;

  3. Ciclo Agrícola.- División del año agrícola en periodos de tiempo vegetativos de los cultivos, considerando características climáticas: otoño-invierno y primavera-verano;

  4. CURP.- Clave Única de Registro de Población, documento expedido por la Secretaría de Gobernación;

  5. Padrón del Programa PRODUCCIÓN PARA EL BIENESTAR.- Listado de predios registrados en el Directorio del Componente PROAGRO Productivo, así como los que se incorporen del PIMAF 2018 y de localidades indígenas con alta y muy alta marginación, principalmente;

  6. Incorporación.- Proceso definido por la Unidad Responsable para la inscripción de predios al Programa de PRODUCCIÓN PARA EL BIENESTAR, distintos a los registrados en el Directorio de PROAGRO Productivo.

  7. Liquidez.- Dinero en efectivo y/o en documentos de fácil cambio bancario: cheque, transferencia bancaria, depósito en efectivo y/o órdenes de pago;

  8. Medio de Pago.- Instrumento mediante el cual se le hará llegar el incentivo al productor de los predios beneficiados: cuenta bancaria, orden de pago y Tarjeta del Bienestar que emita el área designada por el Gobierno Federal.

  9. Programa PRODUCCIÓN PARA EL BIENESTAR.- Incluye los componentes PROAGRO Productivo y PIMAF 2018, así como pequeños productores indígenas de localidades de alta y muy alta marginación;

  10. PIMAF.- Programa de Incentivos para Productores de Maíz y Frijol, vigente en el 2018;

  11. Predio.- Espacio de terreno delimitado, que medido en hectáreas tienen derechos de posesión o propiedad para un productor;

  12. Predio Operado.- Aquéllos del Componente PROAGRO Productivo para los que las Representaciones de la SADER hayan solicitado oficialmente el incentivo, a través del sistema informático;

  13. SADER.- Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.

  14. Servicios.- Se refiere a las acciones que ofrece la SADER como precios de garantía, fertilizantes, extensionismo y crédito a la palabra, entre otros.

  15. Sistema milpa.- Producción agrícola tradicional de temporal que incluye diferentes cultivos de manera simultánea en una misma superficie, en donde la especie principal es el maíz asociado con frijol, calabazas, chiles, tomates, entre otras, dependiendo de la región. El objetivo principal del sistema milpa es producir para la alimentación familiar.

  16. Superficie Elegible del predio.- La registrada con el Componente PROAGRO Productivo y el Componente PIMAF 2018, vigentes en ese año, y

  17. Ventanillas.- Los CADER son el lugar donde los productores de los predios realizan la actualización de datos y la acreditación del incentivo.

1.3. Objetivos del Programa

1.3.1. Objetivo General

Incrementar la producción nacional de granos para contribuir al incrementar del grado de autosuficiencia alimentaria nacional.

1.3.2 Objetivo específico

Dotar de liquidez y vincular al acceso a servicios, para su inversión en actividades productivas con enfoque sustentable en los predios de los pequeños y medianos productores.

1.4. Ámbito de aplicación

Los presentes Lineamientos son de...

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