Acuerdo por el que se emite el 'Programa de subsidio al servicio de transporte público en su modalidad de colectivo urbano en la zona metropolitana de Querétaro, y sus reglas de operación'.

Pág. 2548 PERIÓDICO OFICIAL 27 de enero de 2023
AGENCIA DE MOVILIDAD DEL ESTADO DE QUERÉTARO
Lic. Gerardo Gabriel Cuanalo Santos, Director General de la Agencia de Movilidad del Estado de Querétaro, con
fundamento jurídico en los artículos 55, fracciones II, XII y XIII de la Ley de la Administración Pública Paraestatal
del Estado de Querétaro, 1, 12 fracción II, 21, 22, 23 fracción II, 27 sexies, fracciones I, II, XV y XVI, 30, 122, 157,
158, 160, 167 fracción II, 168 y 169 de la Ley de la Agencia de Movilidad y Modalidades de Transporte Público
para Estado de Querétaro, 54, 55, 57, 58, 73, 76, 78, 80 y 81 de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos
del Estado de Querétaro, en cumplimiento al acuerdo CD/01EXT/2023/02, de la Primera Sesión Extraordinaria
del Consejo Directivo de la Agencia de Movilidad del Estado de Querétaro, de fecha 12 (doce) de enero de 2023
(dos mil veintitrés), y
CONSIDERANDO
I. Que, en términos de lo establecido en los artículos 1, 22 fracción XIII y 30 de la Ley de la Agencia de
Movilidad y Modalidades de Transporte Público para el Estado de Querétaro, la prestación del servicio
de transporte público es de interés general y corresponde originariamente al Poder Ejecutivo del Estado,
quien lo podrá prestar de manera directa a través de la Agencia de Movilidad del Estado de Querétaro, o
a través de concesiones o permisos otorgados a personas físicas o morales constituidas con sujeción a
las leyes del país.
II. Que, el Plan Estatal de Desarrollo Querétaro 2021-2027, contempla en su Eje Rector 4 denominado
“Medio Ambiente e Infraestructura Sostenible”, 4 objetivos, entre ellos el número 1, Movilidad eficiente de
personas y bienes en el Estado, mismo que prevé el reto 41 que consiste en “Pasar, al menos, al décimo
lugar en la calificación de transporte público”, y como parte de las acciones para lograrlo, se encuentra la
de “Otorgar apoyos para el uso del transporte público”; por su parte, el Programa Estatal de Transporte
2021-2027, publicado el 05 (cinco) de septiembre de 2022 (dos mil veintidós) en el Periódico Oficial del
Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga”, establece la Estrategia 3, denominada
“Consolidación de un servicio de transporte público frecuente, ordenado, eficiente y de calidad, centrado
en las necesidades del usuario”, la cual establece como una de sus acciones la 3.11 relativa a
implementar medios para proporcionar subsidios en el transporte público.
III. Que en términos de los artículos 22, fracción XX, 158, 167, 168 y 169, de la Ley de la Agencia de Movilidad
y Modalidades de Transporte Público para el Estado de Querétaro, la Agencia de Movilidad del Estado
de Querétaro, tiene la facultad de determinar y autorizar las tarifas del servicio de transporte público en
sus diversas modalidades; mismas que podrán ser tarifas generales, tarifas con descuento, tarifa
integrada o tarifa de transbordo; ahora bien, la tarifa con descuento es aplicable a los usuarios siguientes:
1. Los estudiantes inscritos en planteles educativos con credencial vigente, desde preescolar hasta
nivel superior;
2. Los niños de tres a seis años;
3. Las personas con discapacidad; y
4. Los adultos mayores de sesenta años.
IV. El 21 (veintiuno) de diciembre de 2018 (dos mil dieciocho), se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno
del Estado de Querétaro, “La Sombra de Arteaga”, el “Acuerdo por el que se determina y autoriza la
tarifa aplicable al servicio de transporte público colectivo del Estado de Querétaro”, mismo que
continúa vigente hasta la fecha de emisión del presente Programa, el cual, en la parte medular, señala lo
siguiente:
“…
SEGUNDO.- La tarifa general aplicable al transporte público colectivo en la zona metropolitana de Querétaro
será de $11.00 (Once pesos 00/100 M.N), la cual deberá ser pagada únicamente mediante tarjeta de prepago
general.
TERCERO.- La tarifa con descuento aplicable al transporte público colectivo en la zona metropolitana de
Querétaro será de $9.00 (Nueve Pesos 00/100 M.N), la cual deberá ser pagada únicamente mediante tarjeta
de prepago preferencial.
Dicha tarifa será aplicada exclusivamente a los usuarios señalados en el artículo 168 de la Ley de la materia,
para tal efecto, deberá apegarse a los planes o programas que sean expedidos.

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