Acuerdo que emite la Convocatoria para participar en el procedimiento para la selección de empresas, organizaciones e instituciones acreedoras al Premio Estatal a la Calidad, denominado 'Premio al Mérito Empresarial 2020'.

Fecha de publicación20 Marzo 2020
Fecha de disposición20 Marzo 2020
Número de Gaceta20
20 de marzo de 2020 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 6613
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE DESARROLLO SUSTENTABLE
Ing. Marco Antonio Salvador Del Prete Tercero, Secretario de Desarrollo Sustentable del Poder Ejecutivo, en
mi carácter de Director General del Consejo del Premio al Mérito Empresarial y con fundamento en los Artículos
3, 10, fracción II, 14 fracción I y 27 fracción I del Acuerdo mediante el cual se crea el Premio Estatal a la Calidad,
denominado “Premio al Mérito Empresarial”, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de
Querétaro “La Sombra de Arteaga” en fecha 08 de febrero de 2019 y modificado mediante publicación en el citado
medio oficial en fecha 06 de septiembre de 2019, en relación con los Artículos 3 y 6 fracción II de la Ley de
Publicaciones Oficiales del Estado de Querétaro; y
C O N S I D E R A N D O
1. Que en términos de los artículos 3, 19 fracción IV y 25 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de
Querétaro, la Secretaría de Desarrollo Sustentable es el órgano del órgano facultado para regular, promover y
fomentar el desarrollo industrial, comercial, minero, agroindustrial y artesanal del Estado, así como para aplicar
las normas de preservación y restauración del equilibrio ecológico y protección al ambiente.
2. Que con fundamento en los artículos 3 y 16 de la Ley Industrial del Estado de Querétaro, en fecha 08 de febrero
de 2019, la Secretaría de Desarrollo Sustentable del Poder Ejecutivo, en lo sucesivo “SEDESU”, publicó en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga” el Acuerdo mediante el cual se
crea el Premio Estatal a la Calidad, denominado “Premio al Mérito Empresarial”, en lo sucesivo el “Acuerdo”,
como el máximo reconocimiento que con periodicidad anual, entrega el Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro,
a través de la SEDESU, a las organizaciones, empresas e instituciones establecidas en la Entidad, que se hayan
distinguido por sus acciones en materia de Competitividad, Comercio Exterior, Responsabilidad Social y Ciencia
y Tecnología.
3. Que los artículos 10, fracción II, 14, fracción I y 27, fracción I del Acuerdo, se establece que el Consejo del
Premio Estatal a la Calidad, denominado “Premio al Mérito Empresarial” está integrado, entre otros, por un
Director General, que será el Secretario de Desarrollo Sustentable del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro
o la persona que éste designe, detentando la atribución de formular, emitir y publicar en el Periódico Oficial del
Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga”, la Convocatoria del Premio, estableciendo las
características del mismo en cada categoría, así como las bases, criterios, calendarios y procedimientos para el
otorgamiento del mismo.
4. Que en el citado Acuerdo, modificado mediante similar publicado en el citado medio oficial, en fecha 06 de
septiembre de 2019, se establece que las organizaciones, empresas e instituciones y/o personas físicas
interesadas en participar en las cinco categorías del Premio, deberán cumplir con las bases y requisitos que se
señalen en la Convocatoria emitida por el Consejo del Premio, misma que deberá ser publicada en el Periódico
Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga” y en el Portal de Internet de la Secretaría
http://www.queretaro.gob.mx/sedesu/.
5. Que de conformidad con los artículos 5 y 11 de la Ley de Procedimientos Administrativos del Estado de
Querétaro, los actos administrativos de carácter general, tales como reglamentos, decretos, acuerdos y circulares,
deberán publicarse en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “La Sombra de Arteaga”, para que puedan
producir efectos jurídicos; en tanto que la actuación administrativa en el procedimiento se desarrollará con arreglo
a los principios de economía, celeridad, eficiencia, oficiosidad, legalidad, publicidad, igualdad, conveniencia y
buena fe, debiendo la autoridad simplificar sus trámites en beneficio del gobernado.
En virtud de lo anterior, emite el siguiente:
A C U E R D O
ÚNICO.- Se emite la Convocatoria para participar en el procedimiento para la selección de empresas,
organizaciones e instituciones acreedoras al Premio Estatal a la Calidad, denominado “Premio al Mérito
Empresarial 2020”, instaurándose el procedimiento identificado como C-CPME/2020, conforme a las siguientes

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