Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México.

Viernes 15 de julio de 2022 Sección Segunda Tomo: CCXIV No. 11
13
Al margen Escudo del Estado de México.
LICENCIADO ALFREDO DEL MAZO MAZA, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE
MÉXICO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIERE EL ARTÍCULO 77, FRACCIONES II,
IV, XXVIII Y LI DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO Y CON
FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 2 Y 8 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO, Y
CONSIDERANDO
Que el 29 de septiembre de 2020, se publicó en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el Decreto Número
191 de la “LX” Legislatura del Estado de México, por el que se reforman, adicionan y derogan diversas
disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México y la Ley de los Derechos
de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México, entre otros ordenamientos jurídicos, mediante el cual se
crea la Secretaría de la Mujer, dependencia encargada de promover, impulsar, formular, ejecutar y evaluar las
políticas, programas y acciones relativas al empoderamiento de la mujer, la igualdad sustantiva entre mujeres y
hombres, la transversalización de la perspectiva de género, la aplicación de programas integrales para la
igualdad de género, la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres, y el seguimiento y atención
de las Declaratorias de Alerta por violencia de género.
Que el citado Decreto determina que a la Secretaría de la Mujer le corresponde coordinar, dirigir y supervisar al
Sistema Estatal de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes.
Que el 6 de mayo de 2022, se publicó en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el Decreto Número 51 de la
“LXI” Legislatura que reforma la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México y diversas
disposiciones, para modificar la denominación de la Secretaría de la Mujer para quedar como Secretaría de las
Mujeres.
Que de conformidad a lo previsto en el mencionado Decreto se establece en el artículo 97 de la Ley de los
Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México, que la persona titular de la Secretaría de las
Mujeres será integrante del Sistema de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México,
atendiendo que dicho Sistema será conformado por las dependencias y entidades de la administración pública
estatal vinculadas con la protección de derechos de niñas, niños y adolescentes, y que su eje rector será el
fortalecimiento familiar con el fin de proteger de forma integral los derechos de niñas, niños y adolescentes
mexiquenses.
Que así mismo, de conformidad con la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de
México se establece que la coordinación operativa del Sistema de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes
del Estado de México recaerá en un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de las Mujeres, que
ejercerá las funciones de Secretaría Ejecutiva.
Que derivado de las anteriores determinaciones jurídicas y administrativas, se estima necesario actualizar el
Reglamento de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México, a efecto de
adecuar las denominaciones y atribuciones.
Que en estricta observancia a lo dispuesto en los artículos 80 de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de México y 7 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, este
instrumento jurídico se encuentra debidamente refrendado por la Secretaria de las Mujeres, Lcda. Martha Hilda
González Calderón.
En mérito de lo expuesto y fundado, se expide el siguiente:

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR