Acuerdo del Ejecutivo del Estado mediante el cual se subsidia el 100% del pago del impuesto sobre la tenencia o uso de vehículos

Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México
REGISTRO DGC NUM. 001 1021 CARACTERISTICAS 113282801
Director: Lic. Aarón Navas Alvarez
Mariano Matamoros Sur No. 308 C.P. 50130
Tomo CC A:202/3/001/02
Número de ejemplares impresos: 400
Toluca de Lerdo, Méx., lunes 21 de diciembre de 2015
No. 121
S U M A R I O:
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
ACUERDO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO MEDIANTE EL CUAL SE
SUBSIDIA EL 100% DEL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE TENENCIA
O USO DE VEHÍCULOS.
2015. Año del Bicentenario Luctuoso de José María Morelos y Pavón.
SECCION SEGUNDA
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
DOCTOR EN DERECHO ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MÉXICO,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 77 FRACCIONES II, XXI, XXVIII Y XLVII
Y 78 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO Y CON FUNDAMENTO EN LO
DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 2, 3 Y 15 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO
DE MÉXICO; 31 FRACCIÓN II DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS; Y
C O N S I D E R A N D O
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2011-2017, instrumento rector de las directrices gubernamentales en el
ámbito estatal, prevé en su eje transversal “Hacia una Gestión Gubernamental Distintiva” la necesidad de contar con
recursos suficientes y finanzas públicas sanas para implementar una disciplinada política de gasto enfocada al
financiamiento de programas para la reducción de la pobreza, la mejora de la educación, la salud, seguridad ciudadana y
procuración de justicia, así como la creación de la infraestructura necesaria para complementar la actividad económica de
los sectores prioritarios y de aquellos que tienden a mejorar la productividad y la calidad de vida de los mexiquenses.
Que los artículos 77 fracciones XXI, XXVIII, XLVII y 78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México
señalan, que es obligación del Gobernador del Estado, cuidar la r ecaudación y administración de la Hacienda Pública del
Estado, así como conducir y dirigir los ramo s de la administración Gubernamental, ejecutando políticas a través de acciones
públicas, auxiliándose de las dependencias que las disposiciones legales establezcan.
Que en uso de las facultades conferidas en los artículos 2 y 3 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de
México y en relación con el 31 fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios, el Gobernador del
Estado, podrá conceder subsidios y estímulos fiscales a través de resoluciones de carácter general, que publique en el
periódico oficial “ Gaceta de Gobierno”, en este sentido, mediante Acuerdos publicados los días 19 de diciembre de 2011,
28 de marzo de 2012, 1 de abril de 2013, 1 enero de 2014 y 1 de enero de 2015 otorgó un subsidio del 100% en el pago del
Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos a los contribuyentes que en los mismos se indican, con la finalidad de apoyar
la economía de las familias mexiquenses.

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