Acuerdo del Ejecutivo del Estado mediante el cual se subsidia el 100% del pago del impuesto sobre la tenencia o uso de vehículos
Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México
REGISTRO DGC NUM. 001 1021 CARACTERISTICAS 113282801
Director: Lic. Aarón Navas Alvarez
Mariano Matamoros Sur No. 308 C.P. 50130
Tomo CC A:202/3/001/02
Número de ejemplares impresos: 400
Toluca de Lerdo, Méx., lunes 21 de diciembre de 2015
No. 121
S U M A R I O:
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
ACUERDO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO MEDIANTE EL CUAL SE
SUBSIDIA EL 100% DEL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE TENENCIA
O USO DE VEHÍCULOS.
2015. Año del Bicentenario Luctuoso de José María Morelos y Pavón.
SECCION SEGUNDA
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
DOCTOR EN DERECHO ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MÉXICO,
Y 78 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO Y CON FUNDAMENTO EN LO
DE MÉXICO; 31 FRACCIÓN II DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS; Y
C O N S I D E R A N D O
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2011-2017, instrumento rector de las directrices gubernamentales en el
ámbito estatal, prevé en su eje transversal “Hacia una Gestión Gubernamental Distintiva” la necesidad de contar con
recursos suficientes y finanzas públicas sanas para implementar una disciplinada política de gasto enfocada al
financiamiento de programas para la reducción de la pobreza, la mejora de la educación, la salud, seguridad ciudadana y
procuración de justicia, así como la creación de la infraestructura necesaria para complementar la actividad económica de
los sectores prioritarios y de aquellos que tienden a mejorar la productividad y la calidad de vida de los mexiquenses.
Que los artículos 77 fracciones XXI, XXVIII, XLVII y 78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México
señalan, que es obligación del Gobernador del Estado, cuidar la r ecaudación y administración de la Hacienda Pública del
Estado, así como conducir y dirigir los ramo s de la administración Gubernamental, ejecutando políticas a través de acciones
públicas, auxiliándose de las dependencias que las disposiciones legales establezcan.
Que en uso de las facultades conferidas en los artículos 2 y 3 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de
México y en relación con el 31 fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios, el Gobernador del
Estado, podrá conceder subsidios y estímulos fiscales a través de resoluciones de carácter general, que publique en el
periódico oficial “ Gaceta de Gobierno”, en este sentido, mediante Acuerdos publicados los días 19 de diciembre de 2011,
28 de marzo de 2012, 1 de abril de 2013, 1 enero de 2014 y 1 de enero de 2015 otorgó un subsidio del 100% en el pago del
Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos a los contribuyentes que en los mismos se indican, con la finalidad de apoyar
la economía de las familias mexiquenses.
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