Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se adscribe sectorialmente a la Secretaría de Infraestructura, al Organismo Público Descentralizado de carácter Estatal denominado Sistema de Transporte Masivo y Teleférico del Estado de México

7 de octubre de 2015 Página 15
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese el presente Reglamento en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.
SEGUNDO. El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del
Gobierno”.
TERCERO. Se abroga el Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones publicado en el Periódico Oficial “Gaceta
del Gobierno” el 29 de noviembre de 2004.
CUARTO. Se abroga el Reglamento Interior de la Secretaría del Agua y Obra Pública publicado en el Periódico Oficial
“Gaceta del Gobierno” el 16 de marzo de 2004.
QUINTO. Se derogan las disposiciones de igual o menor jerarquía que se opongan al presente Reglamento.
Dado en el P alacio del Poder Ejecutivo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los s iete días del
mes de octubre de dos mil quince.
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE MÉXICO
DR. ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS
(RÚBRICA).
SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
JOSÉ S. MANZUR QUIROGA
(RÚBRICA).
DOCTOR ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MÉXICO, EN EJERCICIO
DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIERE EL ARTÍCULO 77 FRACCIONES II, IV, XXVIII Y XLVIII DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO
POR LOS ARTÍCULOS 2, 3, 8 Y 50 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE
MÉXICO; 17 Y 18 DE LA LEY PARA LA COORDINACIÓN Y CONTROL DE ORGANISMOS AUXILIARES DEL ESTADO
DE MÉXICO; Y
CONSIDERANDO
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2011-2017, establece la necesidad de modernizar las estructuras de
organización de las dependencias y organismos auxiliares de la administración pública estatal, además de impulsar las
mejores prácticas en políticas públicas y establecer sistemas de coordinación e información entre ellos, a fin de mejorar la
toma de decisiones y el cumplimiento integral de los programas de gobierno.
Que mediante Decreto número 278 de la “LVII” Legislatura del Estado de México publicado el 31 de marzo de 2011 en el
periódico oficial “Gaceta del Gobierno” , se creó el Sistema de Transporte Masivo del Estado de México, como organismo
público descentralizado, sectorizado a la Secretaría de Comunicaciones, c on personalidad jurídica y patrimonio propios, con
el propósito de regular y controlar efectivamente el Transporte Masivo en la Entidad, propiciando con ello la máxima
eficiencia en la prestación de este servicio público en beneficio de la ciudadanía. Cambiando su denominación el 22 de
febrero de 2013, como "Sistema de Transporte Masivo y Teleférico del Estado de México”, a través del Decreto número 54
de la H. “LVIII” Legislatura del Estado de México.
Que por Decreto número 481 de la “LVIII” Legislatura del Estado de México, publicado el 27 de julio de 2015 en el periódico
oficial “Gaceta del Gobierno”, se reformaron diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Estado de México, dicha iniciativa tuvo como finalidad, plantear y proyectar una reorganización de fondo de una parte de la
administración pública del Estado, concentrando en una Secretaría denominada de Infraestructura, las competencias de las
Secretarías de Agua y Obra Pública y de Comunicaciones.

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