Acuerdo del Director General del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología, por el que se emiten modificaciones a las reglas de operación del Programa de Apoyo para Eventos Científicos o Tecnológicos COMECYT- EDOMÉX.

Lunes 21 de febrero de 2022 Sección Primera Tomo: CCXIII No. 34
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Al margen Escudo del Estado de México y un logotipo que dice: COMECYT Consejo Mexiquense de Ciencia y
Tecnología.
DR. BERNARDO JORGE ALMARAZ CALDERÓN, DIRECTOR GENERAL DEL CONSEJO MEXIQUENSE DE
CIENCIA Y TECNOLOGÍA, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 3.46 FRACCIONES III, IV,
Y VIII DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO Y ARTÍCULO 10 FRACCIÓN II DEL
REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO MEXIQUENSE DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA ARTÍCULOS 3
FRACCIÓN XI, 5, 6, 10, 11 FRACCIÓN III Y 17 FRACCIÓN IV DE LA LEY DE DESARROLLO SOCIAL DEL
ESTADO DE MÉXICO; 6 FRACCIÓN XI, 8 FRACCIONES IV Y VI, 18, 19, 20 Y 26 DEL REGLAMENTO DE LA LEY
DE DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO DE MÉXICO; Y
CONSIDERANDO
Que el 4° Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) 2030, emitido por la Organización de las Naciones Unidas (ONU),
a través del documento Transformar Nuestro Mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, tiene como
finalidad “Garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje
durante toda la vida para todos”, que para alcanzar este objetivo, sugiere entre sus metas: 4.4: aumentar
considerablemente el número de jóvenes y adultos que tienen las competencias necesarias, en particular técnicas y
profesionales, para acceder al empleo, el trabajo decente y el emprendimiento; y 4.7: asegurar que todos los alumnos
adquieran los conocimientos teóricos y prácticos necesarios para promover el desarrollo sostenible, entre otras cosas
mediante la educación para el desarrollo sostenible y los estilos de vida sostenibles, los derechos humanos, la
igualdad de género, la promoción de una cultura de paz y no violencia, la ciudadanía mundial y la valoración de la
diversidad cultural y la contribución de la cultura al desarrollo sostenible.
Que el artículo 3° constitucional, fracción V, contempla el derecho a gozar de los beneficios del desarrollo de la
ciencia y la innovación tecnológica, siendo obligación del Estado apoyar la investigación e innovación científica,
humanística y tecnológica.
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, en su numeral III Economía, apartado de Ciencia y Tecnología,
refiere que el gobierno federal promoverá la investigación científica y tecnológica; y apoyará a estudiantes y
académicos con becas y otros estímulos en bien del conocimiento.
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023, dentro del Pilar Económico, “Estado de México
competitivo, productivo e innovador”, establece en su objetivo 2.4: “Potenciar la innovación y el desarrollo tecnológico
como instrumento para impulsar el desarrollo económico”, estrategia 2.4.2: Vincular a las instituciones de educación
superior y a los centros de investigación con el sector privado, que tiene como líneas de acción: “Desarrollar
Programas de fomento a la vinculación y transferencia de conocimiento” e “Impulsar el desarrollo emprendedor en las
instituciones de educación superior y en los centros de investigación para fomentar la innovación tecnológica y el
autoempleo”.
Que en México la tarea de crecimiento y desarrollo de la investigación ha recaído principalmente en Instituciones de
Educación Superior (IES) con la ayuda de los sectores, tanto públicos como privados. Sin embargo, organismos
internacionales como el Banco Mundial o la UNESCO informan que a la fecha nuestro país gasta el equivalente a
0.31% de su PIB en investigación y desarrollo; situación que contrasta con el porcentaje del PIB invertido a nivel
mundial que es de 2.3%. No obstante, países como Israel o la República de Corea destinan más del 4.5% de su PIB a
temas de investigación y desarrollo, cifras que distan mucho de lo invertido por México.
Que el Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología tiene dentro de sus atribuciones, promover la obtención de
financiamientos para apoyar la realización de proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico, formación
de recursos humanos, y de divulgación; impulsar la participación de la comunidad académica, científica y de los
sectores público, productivo y social en proyectos de fomento a la investigación científica y al desarrollo tecnológico;
proponer y ejecutar Programas y acciones que promuevan la formación, capacitación y superación de recursos
humanos, en los diferentes tipos educativos, para impulsar la ciencia y tecnología; establecer mecanismos para
difundir la ciencia y la tecnología a los sectores de la sociedad, así como para facilitar el acceso a la información del
sistema estatal de ciencia y tecnología; ejecutar acciones de articulación y vinculación de las actividades científicas y
tecnológicas con los sectores público, social y privado, para el mejoramiento de los niveles socioeconómicos y cultural
de la población y fomentar el desarrollo de una cultura de ciencia y tecnología entre los sectores de la sociedad.

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