Acuerdo dictado por el Pleno del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, de treinta y uno de marzo de dos mil veintidós, por el que se declara la suspensión de labores de los días doce, trece, catorce y quince de abril de dos mil veintidós.
Fecha de publicación | 04 Abril 2022 |
Sección | UNICA. Organismos Autonomos |
Emisor | TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE |
ACUERDO dictado por el Pleno del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, de treinta y uno de marzo de dos mil veintidós, por el que se declara la suspensión de labores de los días doce, trece, catorce y quince de abril de dos mil veintidós.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.
ACUERDO DICTADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, DE TREINTA Y UNO DE MARZO DE DOS MIL VEINTIDÓS, POR EL QUE SE DECLARA LA SUSPENSIÓN DE LABORES DE LOS DÍAS DOCE, TRECE, CATORCE Y QUINCE DE ABRIL DE DOS MIL VEINTIDÓS.
RESULTANDO
PRIMERO.- Que por acuerdo del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, aprobado en sesión del siete de diciembre de dos mil veintiuno, con fundamento en los artículos 29 y 124-A, fracción V de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y 8, fracción V del Reglamento Interior de este Órgano Colegiado, se establecieron los días de suspensión de labores del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, para el año dos mil veintidós, durante los cuales, no correrán términos. Este acuerdo fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el catorce de diciembre de dos mil veintiuno.
SEGUNDO.- Que conforme a lo dispuesto por el artículo 8, fracción V, del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, al Pleno del mismo, corresponde fijar el...
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