Acuerdo dictado por el Pleno del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, en sesión de veintiséis de octubre de dos mil veintiuno, por el que se declara la suspensión de labores del uno y dos de noviembre de dos mil veintiuno.

Fecha de publicación29 Octubre 2021
SecciónUNICA. Organismos Autonomos
EmisorTRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE
ACUERDO dictado por el Pleno del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, en sesión de veintiséis de octubre de dos mil veintiuno, por el que se declara la suspensión de labores del uno y dos de noviembre de dos mil veintiuno
ACUERDO dictado por el Pleno del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, en sesión de veintiséis de octubre de dos mil veintiuno, por el que se declara la suspensión de labores del uno y dos de noviembre de dos mil veintiuno. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.
ACUERDO DICTADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, EN SESIÓN DE VEINTISÉIS DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTIUNO, POR EL QUE SE DECLARA LA SUSPENSIÓN DE LABORES DEL UNO Y DOS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO.
RESULTANDO
PRIMERO.- Que por acuerdo del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, aprobado en sesión del uno de diciembre de dos mil veinte, con fundamento en los artículos 29 y 124-A, fracción V de la Ley Federal delos Trabajadores al Servicio del Estado y 8, fracción V del Reglamento Interior de este Órgano Colegiado, se establecieron los días de suspensión de labores del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, para el año dos mil veintiuno, durante los cuales, no correrán términos. Publicado en el Diario Oficial de la Federación, el diecisiete de diciembre de dos mil veinte.
SEGUNDO.- Que conforme a lo dispuesto por el artículo 8, fracción V, del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR