Acuerdo por el cual se Determinan los Sistemas de Datos Personales.

siguiente día en que se ejecu el acto o en que se haya emitido la resolución
impugnada.
Artículo 101. Procede el recurso de reconsideración para las resoluciones que
sobresean el procedimiento, y será resuelto en un plazo no mayor a 5 días hábiles
por parte de quien emitió la resolución.
Artículo 102. Procede el recurso de i nconformidad en contra de la negativa de
prórroga por parte del Departamento de Seguimiento y Análisis. El recurso será
resuelto por dicho Departamento en un plazo no mayor a 7 días hábiles.
Artículo 103. Procede el recurso de q ueja contra aquellas acciones u omisiones
cometidas por los funcionarios que integran las Direcciones de Procesos y
Jurídica, y será resuelto por el Pleno de la Comisión en un plazo no mayor a 15
días hábiles.
T R A N S I T O R I O S
ÚNICO. Las reformas al Reglamento Interior de la Comisión Estatal para la
atención y Protección de los Periodistas entrarán en vigor al día siguiente de su
publicación en la Gaceta Oficial del estado.
SEGUNDO. Se instruye a l a Secretaria Ejecutiva para que se publique en l a
Gaceta Oficial del estado y en el Portal de Transparencia del sitio en Internet de la
Comisión Estatal para la Atención y Protección de los Periodistas.
TERCERO. El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación
en la Gaceta Oficial del estado.
Dado en la Sala de Sesiones del Pleno de la Comisión Estatal para la Atención y
Protección de los Periodistas, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz, a los
cinco días del mes de julio del año dos mil catorce.
APROBADO EN SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DE LA COMISIÓN ESTATAL
PARA LA ATENCIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS PERIODISTAS, EL DÍA CINCO
DE JULIO DE DOS MIL CATORCE.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
DRA. MARÍA DEL ROCÍO OJEDA CALLADO
PRESIDENTA
RÚBRICA.
DRA. NAMIKO MATZUMOTO BENÍTEZ
SECRETARIA EJECUTIVA
RÚBRICA.
Página 70
GACETA OFICIAL
Jueves 14 de agosto de 2014
folio 1155

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