Acuerdo por el que se determinan los días que se considerarán como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos que se tramiten o deban tramitarse ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, por las entidades y personas sujetas a la supervisión de dicha Comisión, así como por las autoridades y público en general.

Fecha de disposición19 Diciembre 2019
Fecha de publicación19 Diciembre 2019
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores. La Comisión Nacional Bancaria y de Valores con fundamento en los artículos 14 y 16, fracción I de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y en términos de lo previsto por el artículo 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y demás disposiciones legales aplicables, así como en el Artículo Tercero, numeral 76 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010, así como sus reformas, y

CONSIDERANDO

Que la Ley Federal de Procedimiento Administrativo es el ordenamiento legal que regula los actos, procedimientos y resoluciones de la Administración Pública Federal, incluyendo a sus órganos administrativos desconcentrados, y

Que con la finalidad de dar certeza y seguridad jurídica a las entidades y particulares sujetos a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, así como a otras autoridades y público en general, respecto de los actos y procedimientos administrativos que se llevan a cabo ante esta Comisión, resulta necesario establecer los días en los cuales no correrán los plazos y términos dentro de dichos procedimientos; ha resuelto expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINAN LOS DÍAS QUE SE CONSIDERARÁN COMO INHÁBILES PARA EFECTOS DE LOS ACTOS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS QUE SE TRAMITEN O DEBAN TRAMITARSE ANTE LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES, POR LAS ENTIDADES Y PERSONAS SUJETAS A LA SUPERVISIÓN DE DICHA COMISIÓN, ASÍ COMO POR LAS AUTORIDADES Y PÚBLICO EN GENERAL

ÚNICO.- Se considerarán como...

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