Acuerdo por el que se deroga la fracción XVI del artículo 27 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas del Municipio de Querétaro, Qro.

Pág. 8674 PERIÓDICO OFICIAL 16 de marzo de 2018
GOBIERNO MUNICIPAL
LIC. MARCOS AGUILAR VEGA, Presidente Municipal de Querétaro, en ejercicio de la facultad que me confiere e l
artículo 149 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, y
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS; 30 FRACCIÓN I, 38 FRACCIÓN I, 146, 147 , 148, 149 Y 150 FRACCIÓN III DE LA LEY ORGÁNICA
MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; Y 54 Y 55 INCISO b), DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL
AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO; Y
C O N S I D E R A N D O:
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los
municipios están dotados de auto nomía y patrimonio propio y los ayuntamientos se encuentran facultados para emitir
disposiciones administrativas de carácter general dentro de su respectivo ámbito de competencia.
2. Por su parte, en las disposiciones establecidas dentro de los de los artículos 30 y 146 de la Ley Orgánica Municipal del
Estado de Querétaro, los ayuntamientos cuentan con facultades para emitir bandos, reglamentos, decretos, acuerdos,
circulares y demás documentos que contengan disposiciones administrativas de observancia general y obligatoria en el
municipio. Y es que en ejercicio de la autonomía normativa, los ayuntamientos deben respetar las b ases g enerales
previstas en el artículo 147 de la citada ley, entre las que resaltan el propósito fundamental que deben tener los
Reglamentos de buscar el bienestar y l a tranquilidad de la población, así como el hecho de que la aplicación de todo
ordenamiento municipal deberá fortalecer al municipio libre.
3. En tal sentido, del artículo 148 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro se desprende l a obligación para
los ayuntamientos de adecuar su reglamentación en la medida que se modifiquen las condiciones de los municipios, en
virtud de su crecimiento demográfico, surgimiento y desarrollo de actividades productivas, así como los múltiples
aspectos de la vida comunitaria, con el fin de preservar su autoridad institucional y proporcionar el desarrollo armónico
de la sociedad.
4. Conforme a lo ordenado por el Artículo 20 fracción XV del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Querétaro, el
expediente respectivo se radicó en la Secretaría del Ayuntamiento bajo el número DAL/098/2018 del índice de la
Dirección de Asuntos Legislativos.
Por lo expuesto y fundado, por unanimidad de votos de los integrantes presentes el Honorable Ayuntamiento de
Querétaro, aprobó en Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el día 30 (treinta) de enero de 2018 (dos mil dieciocho)
el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Se deroga la fracción XVI del artículo 27 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas del Municipio de
Querétaro para quedar como sigue:
“Artículo 27.- Son obligaciones y facultades de…
I.- a XV.-
XVI.- Derogado.
XVII. a XXIX.-
TRANSITORIOS
ARTÍCULO PRIMERO. Publíquese en la Gaceta Oficial del Municipio de Querétaro y en el Periódico Oficial del Gobierno del
Estado “La Sombra de Arteaga”.
ARTÍCULO SEGUNDO. El presente instrumento entrará en vigor al día siguiente a la fecha de la primera de las dos
publicaciones referidas en el artículo transitorio anterior.
ARTÍCULO TERCERO. Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento notificar el presente Acuerdo al titular de la Secretaría
de Finanzas del Municipio de Querétaro.
En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 149 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, y para su debida
observancia, promulgo el Acuerdo que deroga la fracción XVI del Artículo 27 del Reglamento Interior de la Secretaría de
Finanzas del Municipio de Querétaro, en la Ciudad de Santiago de Qu erétaro, Querétaro, a los 31 días del mes de enero del
2018.
LIC. MARCOS AGUILAR VEGA
PRESIDENTE MUNICIPAL DE QUERÉTARO
Rúbrica
LIC. RAFAEL FERNÁNDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
Rúbrica

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