Acuerdo relativo al cambio de uso de suelo Habitacional con densidad de población de 300 Hab./Ha. (H3) a uso Comercial y Servicios (CS), para el predio ubicado en la Calle Sabana, Lotes 4 y 8 Manzana 251, Delegación Municipal Josefa Vergara y Hernández, Municipio de Querétaro, Qro.

25 de noviembre de 2011 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 12449
GOBIERNO MUNICIPAL
EL CIUDADANO LICENCIADO J. APOLINAR CASILLAS GUTIÉRREZ, SECRETARIO DEL
AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 47 FRACCIÓN IV
DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 20 FRACCIÓN IX DEL
REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO,
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 11 (once) de octubre de 2011 (dos mil once), el H.
Ayuntamiento del Municipio de Querétaro, aprobó el Acuerdo relativo al Cambio de Uso de Suelo Habitacional
con Densidad de Población de 300 Hab./Ha. (H3) a Uso Comercial y Servicios (CS), para el predio ubicado en
la Calle Sabana, Lotes 4 y 8 Manzana 251, Delegación Municipal Josefa Vergara y Hernández; para instalar un
Salón de Fiestas y Usos Múltiples, el cual señala textualmente:
“…CON FUNDAMENTO EN LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 6, 115 FRACCIÓN V INCISOS D) Y F)
DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 35 DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 9° FRACCIONES II Y III DE LA LEY GENERAL DE
ASENTAMIENTOS HUMANOS; 2, 4 Y 24 DE LA LEY ESTATAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN
GUBERNAMENTAL EN EL ESTADO DE QUERETARO; 30 FRACCIÓN II INCISO D), 38 FRACCIÓN VIII, 121
AL 128 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 10 FRACCIÓN V Y 84 DE LA
LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 1º FRACCIÓN II, 28
FRACCIÓN II, 36 Y 253 DEL CÓDIGO URBANO PARA EL ESTADO DE QUERÉTARO; 25, 28 Y 34 DEL
REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO, Y
C O N S I D E R A N D O
del Estado de Querétaro, los Municipios poseen personalidad jurídica y patrimonio propios y se
encuentran facultados para aprobar las disposiciones que organicen la administración pública municipal
que regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia. Por ello
corresponde al H. Ayuntamiento resolver lo referente a la autorización de cambio de uso de suelo
habitacional con densidad de población de 300 Hab./Ha. (H3) a uso Comercial y Servicios (CS), ubicado
en la calle Sabana lotes 4 y 8 manzana 251,Delegación Municipal Josefa Vergara y Hernández, para
construir y operar un salón de fiestas y usos múltiples en el predio.
2. Que el Plan de Desarrollo Municipal y los Planes Parciales de Desarrollo Urbano Delegacional expedidos
por el H. Ayuntamiento, son el conjunto de estudios y políticas, normas técnicas y disposiciones relativas
para regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población en el
territorio del Municipio y de sus siete Delegaciones, los cuales son susceptibles de modificación cuando
existen variaciones sustanciales de las condiciones o circunstancias que les dieron origen, surjan técnicas
diferentes que permitan una realización más satisfactoria o sobrevengan causas de interés social que les
afecte, entre otras.
3. Que la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro establece en sus artículos 121 a 128, los
alcances de los Planes de Desarrollo Urbano Municipal y su posibilidad de modificación.
4. Que las modificaciones a los Planes Parciales de Desarrollo Urbano Delegacionales, pueden ser
solicitadas por todo aquel particular que acredite su legítimo interés jurídico, basados en las disposiciones
de la Ley General de Asentamientos Humanos, Código Urbano para el Estado de Querétaro, Ley
Orgánica Municipal del Estado de Querétaro y Código Municipal de Querétaro.

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