Acuerdo delegatorio en favor de las personas titulares de la Subsecretaría de Planeación y Presupuesto, y de la Dirección General de Planeación y Gasto Público, para el ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 295 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Jueves 28 de septiembre de 2023 Sección Primera Tomo: CCXVI No. 59
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PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE FINANZAS
Al margen Escudo del Estado de México, un logotipo, que dice: Estado de México ¡El poder de servir!,
una leyenda, que dice: Finanzas, Secretaría de Finanzas.
PAULINA MORENO GARCÍA, SECRETARIA DE FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE
MÉXICO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 1.4 SEGUNDO
PÁRRAFO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; Y 6 DEL REGLAMENTO
INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS; Y
CONSIDERANDO
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 78 de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de México, el Ejecutivo del Estado, para el despacho de los asuntos que la Constitución le
encomienda, contará con las dependencias y con los organismos auxiliares que las disposiciones
legales establezcan.
Que el artículo 4 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México establece que
para el despacho de los asuntos que competan a la persona titular del Poder Ejecutivo del Estado,
ésta se auxiliará de las dependencias, unidades administrativas y de los organismos y entidades que
señalen la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado de México, el Presupuesto de Egresos y las demás disposiciones
jurídicas vigentes en el Estado.
Que de conformidad con lo dispuesto en la fracción III del artículo 23 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado de México, para el estudio, la planeación y el despacho de los
asuntos en los diversos ramos de la administración pública del Estado, la Secretaría de Finanzas
auxiliará a la persona titular del Poder Ejecutivo del Estado.
Que en términos de lo establecido en el artículo 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
del Estado de México, la Secretaría de Finanzas es la encargada de la planeación, programación,
presupuestación y evaluación de las actividades del Poder Ejecutivo; de la administración financiera y
tributaria de la hacienda pública del Estado, que requieran las dependencias del Poder Ejecutivo del
Estado, en los ámbitos de su competencia.
Que conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas,
corresponden originalmente a la persona titular de la Secretaría de Finanzas los asuntos competencia
de dicha dependencia, quien podrá delegar sus atribuciones en los servidores públicos subalternos,
excepto aquéllas que por disposición de ley o de dicho Reglamento deban ser ejercidas en forma
directa por ella.

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