ACUERDO DELEGATORIO DE FACULTADES EN FAVOR DEL C.P. LUIS ALEJANDRO RANGEL MAGDALENO, SECRETARIO DE FINANZAS DEL MUNICIPIO DE JESÚS MARÍA, AGUAS

Fecha de publicación04 Septiembre 2023
Sección
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 83Septiembre 4 de 2023 (Primera Sección)
H. AYUNTAMIENTO DE JESÚS MARÍA
Dependencia: Secretaría del H. Ayuntamiento y Dirección
General de Gobierno del Municipio de Jesús María,
Aguascalientes.
No de Oficio: SHA/533/2023
Asunto: Acuerdo Delegatorio de Facultades
Jesús María, Ags a veintiuno de agosto de dos mil
veintitrés.
C.P. LUIS ALEJANDRO RANGEL MAGDALENO
Secretaría de Finanzas del Municipio de Jesús
María, Aguascalientes.
P R E S E N T E
Por medio del presente emito Acuerdo Delegatorio de Facultades en favor de su persona a partir del día
cuatro de agosto de dos mil veintitrés al catorce de octubre de dos mil veinticuatro, para que, ejerza las
funciones, facultades y atribuciones previstas en la fracción XIX del artículo 34 del Bando de Policía y
Gobierno del Municipio de Jesús María, Aguascalientes.
Lo anterior con fundamento en el artículo 38 fracción XVII de la Ley Municipal para el Estado de
Aguascalientes y en los artículos 22 y 84 del Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Jesús María
Aguascalientes.
Por último, publíquese el presente acuerdo delegatorio de facultades en el Periódico Oficial del Estado de
Aguascalientes, sin otro particular le reitero mi consideración.
A T E N T A M E N T E.
L.A.E. CÉSAR FERNANDO MEDINA CERVANTES
Secretario del H. Ayuntamiento y Dirección General de Gobierno
del Municipio de Jesús María, Aguascalientes
COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
ACUERDO CC/CEHD/43/2023 DEL HONORABLE CONSEJO CONSULTIVO DE LA COMISIÓN DE
DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, POR EL QUE SE ACUERDAN, LAS
REFORMAS AL REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO
DE AGUASCALIENTES
Primero. - En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 23 de la Ley de la Comisión de
Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes, fracciones I, II y VII, se aprueban las reformas a los
artículos 47, 48, 49, 79 y se adiciona el artículo 82 del Reglamento Interno de la Comisión de Derechos
Humanos del Estado de Aguascalientes para quedar como sigue:
Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes
Artículo 47.- Además de las consignadas en los ordenamientos legales que les sean aplicables, son
obligaciones de los servidores públicos de la Comisión las siguientes:
I………….
II…………
III…………
IV……….
V. Se deroga
Artículo 48. Los servidores públicos de la Comisión tienen prohibido:
I. Ingerir bebidas embriagantes y/o sustancias tóxicas durante la jornada de trabajo y dentro de las
oficinas de la Comisión.
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