Acuerdo por el que se delegan en la persona titular de la Dirección General de Administración y Finanzas, las facultades que se indican

A L C A L D Í A S

ALCALDÍA EN AZCAPOTZALCO

MAESTRA MARGARITA SALDAÑA HERNÁNDEZ, Alcaldesa de Azcapotzalco, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122, apartado A, base VI, incisos a) y c) y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 21, apartado D, fracción I, 52, numerales 1, 2 y 4, 53, apartado A, numerales 1, 2, 11, 12, 13 y 14, apartado B, numerales 1, 3, inciso a), fracciones I, III, VII, XI y XIII y 60, numeral 1 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 1, 2, fracciones I, II, III, XII, XVIII y XX, 3, 4, 5, 6, 9, 15, 16, 20, 21, 29, fracciones XIII, XVI y XVII, 30, 31, fracciones I, III, V, VII, VIII, X, XI, XIII, XIV, XV y XVI, 40, 41, 58, 62, 71, 74 y 75 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; 129, fracciones I, VIII, y XIV del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; Lineamientos para la Autorización de Programas de Contratación de Prestadores de Servicios con cargo a la Partida Presupuestal 1211 "Honorarios Asimilables a Salarios", publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el 30 de mayo de 2017; 11 de la Ley del Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; Circular Uno Bis 2015 (Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal); y el Manual Administrativo de la Alcaldía Azcapotzalco; y

CONSIDERANDO

I. Que en términos de lo que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política de la Ciudad de México y la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México y demás ordenamientos federales, locales y de la propia demarcación, así como las que dimanan de convenios que se celebren con el Gobierno de la Ciudad de México o con otras demarcaciones de la Ciudad, la Alcaldía de Azcapotzalco, es un Órgano Político Administrativo del Gobierno de la Ciudad de México, cuya administración pública corresponde a la persona Titular de la Alcaldía, misma que está dotada de personalidad jurídica y autonomía funcional con respecto a su administración y acciones de gobierno.

II. Que derivado del artículo 4 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México, los actos de Administración Pública de la Alcaldía de Azcapotzalco, se sujetarán a los principios de buena administración, buen gobierno y gobierno abierto con plena accesibilidad, basado en la honestidad, transparencia, rendición de cuentas, integridad pública, sustentabilidad, atención y participación ciudadana, adoptando para ello instrumentos de gobierno abierto y electrónico, innovación social, mecanismos de gobernanza y modernización, en los términos legales que ha quedado señalados y precisados

III. Que es atribución exclusiva de las personas Titulares de las Alcaldías en materia de gobierno y régimen interior el formular y ejecutar los mecanismos de simplificación...

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