Acuerdo por el que se delegan a la persona titular de la Dirección General de Obras y a la persona titular de la Dirección General de Desarrollo Urbano y Sustentabilidad, las facultades que se indican

14 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de septiembre de 2019

ALCALDÍA AZCAPOTZALCO

VIDAL LLERENAS MORALES, Alcalde en Azcapotzalco, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122 apartado A Bases I y VI incisos a) y c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1 numerales 52, 53 apartado A numeral 1 y 12 fracciones II, X y XIII, apartado B numerales 1, 3, inciso a) fracciones XVII, XVIII, XIX, XXII, XXIV y XXVIII; inciso b) fracciones III, X, XI, XII, XIII, XXI, XXII, XXIII, XXIV y XXV de la Constitución Política de la Ciudad de México y artículos 20 fracciones XVI, XVII, XVIII, XIX, XX y XXII; 21; 29 fracciones II, IV y X; 30, 32 fracciones II, III, IV, VIII y XII; 34 fracciones II, V, VI y VIII; 40, 42 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, IX, X, XI, XII y XIII; 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52 fracciones I, II, III y V; 62, 63, 71 fracciones IV y XI, y 74 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México y,

CONSIDERANDO

  1. Que la Alcaldía en Azcapotzalco es un Órgano Político Administrativo, dotada de personalidad jurídica y autonomía funcional con respecto a su administración y acciones de gobierno en los términos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política de la Ciudad de México y la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México y demás ordenamientos legales aplicables.

  2. Que los actos de las Alcaldías de la Ciudad de México atenderán a los principios de buena administración, buen gobierno y gobierno abierto con plena accesibilidad, como lo establece la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México.

  3. Que para el ejercicio de sus atribuciones y responsabilidades ejecutivas, los titulares de las Alcaldías se auxiliarán, entre otras, de las Unidades Administrativas de Obras y de Desarrollo Urbano y Sustentabilidad.

  4. Que con fecha 29 de julio de 2019, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, la Estructura Organizacional de la Alcaldía Azcapotzalco aprobada por la a Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México, en la cual se establece como una Unidad Administrativa del Órgano Político Administrativo en Azcapotzalco, a la Dirección General de Desarrollo Urbano y Sustentable.

  5. Que la persona Titular de la Alcaldía tiene la facultad de delegar en las Unidades Administrativas las atribuciones que expresamente le otorgan la Constitución local, la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México y demás disposiciones jurídicas aplicables, dichas atribuciones se ejercerán mediante disposición expresa que se publicará en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

  6. En razón de lo anterior y a efecto de garantizar el debido cumplimiento de los principios estratégicos de la organización política y administrativa de la Alcaldía Azcapotzalco, así como para el eficiente y oportuno desarrollo de sus funciones, se expide el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA A LA PERSONA TITULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS Y A LA PERSONA TITULAR DE LA DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO URBANO Y SUSTENTABILIDAD DE LA ALCALDÍA AZCAPOTZALCO, EL EJERCICIO DIRECTO DE LAS FACULTADES QUE SE INDICAN.

ARTÍCULO PRIMERO.- Se delega en la persona Titular de la DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS, el ejercicio directo de las...

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