Acuerdo por el que se delegan en el Jefe de Unidad adscrito a la Subdirección de Contratos y Operaciones Comerciales del Mercado Eléctrico Mayorista, del Centro Nacional de Control de Energía, las facultades y atribuciones que se indican.

EdiciónMatutina
EmisorCentro Nacional de Control de Energía

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Centro Nacional de Control de Energía. FAVIO PERALES MARTÍNEZ, Director de Administración del Mercado Eléctrico Mayorista, del Centro Nacional de Control de Energía, con fundamento en los artículos 25, párrafo quinto, 27, párrafo sexto, 28, párrafo cuarto y quinto, 49, párrafo primero y 90, párrafos primero y segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., párrafos primero y tercero, 3o., párrafo primero, fracción I, y 45, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 2o., 6o., párrafo primero, 11, 12, 14, párrafo primero, fracción I, y 15, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 1o., 2o., párrafo primero, fracción III, y 3o., del Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; Apartado A, fracción I, numeral 17, de la Relación de Entidades Paraestatales de la Administración Pública Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de agosto de 2020; 4, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 107, 108 y 109, de la Ley de la Industria Eléctrica; 5 de la Ley General de Mejora Regulatoria; PRIMERO, párrafo primero CUARTO y VIGÉSIMO CUARTO, del Decreto por el que se crea el Centro Nacional de Control de Energía; y 1, 3, 13, párrafo primero, fracciones V y XXI, del Estatuto Orgánico del Centro Nacional de Control de Energía y,

CONSIDERANDO

Que el Centro Nacional de Control de Energía (en adelante el "CENACE"), es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Federal que tiene a su cargo el Control Operativo del Sistema Eléctrico Nacional; la operación del Mercado Eléctrico Mayorista; garantizar el acceso abierto y no indebidamente discriminatorio a la Red Nacional de Transmisión y a las Redes Generales de Distribución y, proponer la ampliación y modernización de la Red Nacional de Transmisión y los elementos de las Redes Generales de Distribución que correspondan al Mercado Eléctrico Mayorista, bajo los principios de transparencia y objetividad; en condiciones de eficiencia, Calidad, Confiabilidad, Continuidad, seguridad y sustentabilidad en cuanto a la operación del Sistema Eléctrico Nacional;

Que el 28 de agosto de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se crea el CENACE, como organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, sectorizado a la Secretaría de Energía, con personalidad jurídica y patrimonio propios;

Que con fecha 20 de abril de 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Estatuto...

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