Acuerdo por el que se delegan facultades en materia de créditos fiscales determinados por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

Fecha de entrada en vigor05 Noviembre 2021
SecciónUNICA. Organismos Descentralizados Y/O Desconcentrados
Fecha de publicación04 Noviembre 2021
EmisorINSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
ACUERDO por el que se delegan facultades en materia de créditos fiscales determinados por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
ACUERDO por el que se delegan facultades en materia de créditos fiscales determinados por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.- Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.
ALFREDO CARLOS RENDÓN ALGARA, Director General del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, con fundamento en los artículos 1o., 2o., 14, 15, 17, 22 y 59 fracciones I, XII y XIV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 1, 5, 6, 8 y 9 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial; 2o., 232 Sexies y 234 de la Ley Federal del Derecho de Autor; 1o., 3o. fracción II, 4o. y 6o. BIS fracciones I, II y XXVI del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial y 1o., 4o., 5o. fracción II, y 10 fracciones I, II y XXVI de su Estatuto Orgánico, en cumplimiento al acuerdo 27/2021/3ª, adoptado por la Junta de Gobierno de este Organismo, y
CONSIDERANDO
Que el 1 de julio de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, en cuyo artículo 1 se prevé que su aplicación administrativa corresponde al Ejecutivo Federal por conducto del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial y conforme a su artículo transitorio Primero, ésta entrará en vigor a los 90 días hábiles siguientes a su publicación, con excepción de aquellas facultades relacionadas con los créditos fiscales a favor del Organismo;
Que los artículos 5o. fracciones VI y VII y 393 de la propia Ley otorgan facultades al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial para determinar en cantidad líquida el monto de las multas que imponga y, en su caso, de los respectivos accesorios; requerir su pago y recaudar el crédito fiscal resultante; así como para exigir el pago de los créditos fiscales que no hubiesen sido cubiertos oportunamente a través del Procedimiento Administrativo de Ejecución, en términos del Código Fiscal de la Federación;
Que las Direcciones Divisionales de Protección a la Propiedad Intelectual, de Asuntos Jurídicos y de Administración deberán contar con la infraestructura apropiada para realizar las actuaciones relacionadas con los créditos fiscales determinados por el Instituto y, en su caso, llevar a cabo el Procedimiento Administrativo de Ejecución;
Que la Junta de Gobierno ha aprobado la delegación de facultades a dichas unidades administrativas mediante acuerdo 27/2021/3a., adoptado en su Tercera Sesión Ordinaria, celebrada el 27 de septiembre de 2021, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DELEGAN FACULTADES EN MATERIA DE CRÉDITOS FISCALES
DETERMINADOS POR EL INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Artículo 1.- El presente Acuerdo tiene por objeto delegar en los Directores Divisionales de Protección a la Propiedad Intelectual, de Asuntos Jurídicos y de Administración del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, las facultades previstas en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, en materia de créditos fiscales determinados por este Organismo, en su carácter de autoridad fiscal, y, en su caso, aquéllas relacionadas con el requerimiento del pago, a través del Procedimiento Administrativo de Ejecución, previsto en el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento, cuando éstos no sean cubiertos oportunamente.
Artículo 2.- Se delegan en la Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual la facultad de determinar en cantidad líquida el monto de las multas que imponga por infracciones administrativas en los términos de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y de la Ley Federal del Derecho de Autor.
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