Acuerdo por el que se delegan las facultades que se indican al Comisionado Nacional contra las Adicciones

EmisorSecretaría de Salud

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. MARÍA DE LAS MERCEDES MARTHA JUAN LÓPEZ, Secretaria de Salud, con fundamento en los artículos 16 y 39, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 185 a 187 y 192, de la Ley General de Salud, y 1, 2, apartado A, fracción IV BIS, 6, 7, fracción XVI y 11 Ter, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y

CONSIDERANDO

Que el Programa Sectorial de Salud 2013-2018 prevé como uno de sus objetivos, el consolidar las acciones de protección, promoción de la salud y prevención de enfermedades, el cual entre otras estrategias contempla la de impulsar acciones integrales para la prevención y control de las adicciones y como líneas de acción para lograrlo, la de impulsar campañas para informar y concientizar acerca del uso, abuso y dependencia a sustancias psicoactivas, así como reforzar acciones para reducir la demanda, disponibilidad y acceso al tabaco y otras sustancias psicoactivas;

Que el artículo 16, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, establece que corresponde originalmente a los titulares de las Secretarías de Estado el trámite y resolución de los asuntos de su competencia, previendo la posibilidad de delegar sus facultades para la mejor organización del trabajo, con excepción de aquellas que, por disposición de la ley, deban ser ejercidas expresamente por dichos titulares;

Que los artículos 6 y 7, fracción XVI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, establecen que el trámite y resolución de los asuntos competencia de la Secretaría de Salud, corresponde originalmente al Secretario y que para la mejor organización del trabajo, podrá sin perjuicio de su ejercicio directo, delegar facultades en servidores públicos subalternos, mediante acuerdos que deberán ser publicados en el Diario Oficial de la Federación;

Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 Ter, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, actualmente corresponde al Comisionado Nacional contra las Adicciones, ejercer las atribuciones que las leyes otorgan a la Secretaría de Salud en materia de prevención y control de las adicciones cuando su atención requiera de la participación y coordinación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, con excepción de las que corresponden al Centro Nacional para la Prevención y el Control de las Adicciones, y

Que a fin de fortalecer la...

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