Acuerdo por el que se Delega en los Titulares de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y de Gobierno, así como en la Dirección de Gobierno, la Dirección Jurídica, en la Subdirección Jurídica y en la Subdirección de Verificación, las Facultades que se Indican

298 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 4 de Diciembre de 2018

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

ALCALDÍA GUSTAVO A. MADERO

Dr. Francisco Chíguil Figueroa, Alcalde en Gustavo A. Madero, con fundamento en el artículo 122 apartado A fracción VI inciso c) primer y segundo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 53 base B numeral 3 inciso a) fracciones VII y X y Trigésimo Transitorio de la Constitución Política de la Ciudad de México; artículos 29 fracción I, 31 fracción I y 74 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; artículos 3 fracción III, 120, 121, 122 parte in fine, 122 Bis fracción VII y 123 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

CONSIDERANDOS

Que la Alcaldía Gustavo A. Madero es un Órgano Político Administrativo con personalidad jurídica y autonomía con respecto a su administración, forma parte de la administración pública de la Ciudad de México y un nivel de gobierno, en los términos de las competencias constitucionales y legales correspondientes, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política de la Ciudad de México y la Ley Orgánica de las Alcaldías de la Ciudad de México y su reglamento.

Que está dotada de atribuciones de decisión, ejecución y autonomía de gestión, competente dentro de su respectiva jurisdicción territorial en las materias de:

  1. Gobierno y régimen interior;

  2. Obra pública y desarrollo urbano;

  3. Servicios públicos;

  4. Movilidad;

  5. Vía pública;

  6. Espacio público;

  7. Seguridad ciudadana;

  8. Desarrollo económico y social;

  9. Educación, cultura y deporte;

  10. Protección al medio ambiente;

  11. Asuntos jurídicos;

  12. Rendición de cuentas y participación social;

  13. Reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general;

  14. Alcaldía digital; y

  15. Las demás que señalen las leyes.

Que para el despacho de los asuntos de su competencia, se auxilia de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y de Gobierno, a la que corresponden, entre otras funciones, las señaladas en el artículo 124 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal en concordancia con el artículo Trigésimo Transitorio de la Constitución Política de la Ciudad de México y las atribuciones generales señaladas en la Ley Orgánica de Alcaldías en su artículo 75.

Que de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y de Gobierno, depende la Dirección de Gobierno y la Dirección Jurídica; asimismo, las respectivas Subdirecciones y Jefaturas de Unidad Departamental, que cuentan con las funciones que se enuncian en el Manual Administrativo de la Delegación Gustavo A. Madero, en concordancia con el artículo Trigésimo Transitorio de la Constitución Política de la Ciudad de México.

Que para efecto de garantizar el debido cumplimiento...

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