Acuerdo por el que se delega en el titular de la Dirección General de Empleo, Capacitación y Fomento Cooperativo, la facultad de suscribir documentos, convenios y contratos, necesarios para el ejercicio de sus atribuciones

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO

C. AMALIA DOLORES GARCÍA MEDINA, SECRETARIA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 12 fracción I, II, IV, VI y XII, 87 y 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1º, 3 fracción I y VIII, 7º párrafo primero, 15 fracción XVIII, 16 fracción IV, 17 y 23 TER de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 5 fracción IV, 7 fracción XVII numeral 2, 26 fracción V, X, XVI y XVII, 37 y 119 QUINTUS del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y

CONSIDERANDO

Que la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, es una Dependencia de la Administración Pública del Distrito Federal, a la que corresponde el despacho de las materias relativas al trabajo, previsión social y protección al empleo, que específicamente, cuenta con atribuciones para promover y consolidar acciones que generen ocupación productiva; fomentar el servicio de empleo, capacitación y adiestramiento; proponer la firma de convenios en materia de empleo, competencias laborales y capacitación en el ámbito del Distrito Federal, y en su caso, darles seguimiento, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 23 TER de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.

Que para el despacho de los asuntos de su competencia, se le adscribe la Dirección General de Empleo, Capacitación y Fomento Cooperativo, a la que corresponde planear, diseñar, coordinar, fomentar y evaluar programas de empleo, capacitación y adiestramiento; fomentar actividades de promoción y concertación que apoyen acciones relativas al empleo y la capacitación; promover y consolidar acciones que generen ocupación productiva; planear, organizar, fomentar, difundir, ejecutar, financiar y evaluar programas de apoyo al sector cooperativista, de conformidad con lo que establece el artículo 119 QUINTUS del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

Que para efectos de lograr una administración ágil, eficiente y oportuna, es preciso dictar las medidas necesarias que permitan el mejoramiento administrativo de los procesos y procedimientos que desarrollan al interior las unidades administrativas que integran esta Dependencia, a través de la delegación de atribuciones, de conformidad con los principios estratégicos de simplificación, agilidad, economía, información, precisión, legalidad...

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