Acuerdo por el que se delega en el Jefe de la Unidad de Asuntos Jurídicos la facultad que se indica
Fecha de disposición | 20 Marzo 2012 |
Fecha de publicación | 20 Marzo 2012 |
Emisor | SECRETARIA DE ENERGIA |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Energía. JORDY HERNAN HERRERA FLORES, Secretario de Energía, con fundamento en los artículos 14 y 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 3, fracción I, inciso a, y 7, del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía
CONSIDERANDO
Que el artículo 14 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, establece que al frente de cada secretaría habrá un secretario de Estado, quien para el despacho de los asuntos de su competencia, se auxiliará, entre otros, por los subsecretarios, directores y demás funcionarios que establezca el reglamento interior respectivo;
Que el artículo 16, del mismo ordenamiento, señala que corresponde originalmente a los titulares de las secretarías de Estado el trámite y resolución de los asuntos de su competencia, pero que podrán delegar en los funcionarios antes indicados, cualesquiera de sus facultades, excepto aquellas que por disposición de ley o del reglamento interior respectivo, deban ser ejercidas precisamente por dichos titulares;
Que el artículo 3, fracción I, inciso a, del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía, establece que para el estudio, planeación y despacho de los asuntos que le competen, la Secretaría de Energía cuenta, entre otras, con la Unidad de Asuntos Jurídicos;
Que el artículo 7, del citado reglamento, señala que corresponde originalmente al Secretario la representación de la Secretaría, el trámite y resolución de los asuntos de la competencia de la misma, quien para la mejor distribución y desarrollo del trabajo, podrá conferir sus facultades delegables a servidores públicos subalternos, sin perjuicio de su ejercicio directo, expidiendo los acuerdos relativos que deberán ser publicados en el Diario Oficial de la Federación, sin embargo, el ejercicio de dicha atribución no se regula plenamente en el Reglamento Interior de la Dependencia, y
Que...
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