Acuerdo por el que se delega la facultad de emitir políticas, bases y lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público al Procurador General de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo

Fecha de disposición03 Mayo 2012
Fecha de publicación03 Mayo 2012
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa,Derecho Fiscal
EmisorSECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social. ROSALINDA VELEZ JUAREZ, Secretaria del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en los artículos 14, 16, 17 y 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 4, 5, fracción I, 35, 36, fracción I y 38 del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y 9 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con el artículo 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, los titulares de las dependencias, para la mejor organización del trabajo, podrán delegar en servidores públicos subalternos, cualquiera de sus facultades, excepto aquellas que por disposición de ley o del reglamento interior respectivo deban ser ejercidas precisamente por dichos titulares;

Que el artículo 17 de la Ley citada, prevé que para la más eficaz atención y eficiente despacho de los asuntos de su competencia, las secretarías de Estado podrán contar con órganos administrativos desconcentrados que les estarán jerárquicamente subordinados y tendrán facultades específicas para resolver sobre la materia que se determine en cada caso, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;

Que la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, con autonomía técnica y administrativa, en términos de los artículos 2, 35 y 36, fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y 3 del Reglamento de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo;

Que el artículo 5, fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, señala que corresponde originalmente al Secretario la representación, trámite y resolución de los asuntos competencia de la Secretaría, y que el mismo podrá conferir sus facultades delegables a servidores públicos subalternos, para la mejor distribución y desarrollo del trabajo, sin perjuicio de su ejercicio directo, a cuyo efecto expedirá los acuerdos correspondientes que deberán ser publicados en el Diario Oficial de la Federación;

Que de acuerdo con el artículo 9 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, las facultades conferidas por dicha Ley a los titulares de las dependencias podrán ser ejercidas por...

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