Acuerdo por el que se declaran como días inhábiles y en consecuencia se suspenden los plazos y términos para la substanciación y atención de los procedimientos administrativos, la recepción de documentos, informes, trámites, resoluciones, acuerdos, actuaciones, diligencias, notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitudes de informes o documentos, recursos de inconformidad, revocación o algún otro medio de impugnación por instancias jurisdiccionales así como cualquier acto administrativo emitido por los servidores públicos adscritos a la Alcaldía y demás que incidan o afecten la esfera jurídica de los particulares o en la que sea parte la Alcaldía en Cuajimalpa de Morelos y que son ingresados por la ventanilla única (VU), el centro de servicios y atención ciudadana (CESAC) y la oficialía de partes, durante los días que se indican

A L C A L D Í A S

ALCALDÍA EN CUAJIMALPA DE MORELOS

MTRA. GABRIELA LEONOR QUIROGA ESPINOSA, Directora General Jurídica y de Gobierno en la Alcaldía de Cuajimalpa de Morelos, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122 apartado A fracción VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 1 numerales 1, 4 y 5, 52 numerales 1, 2 y 4, 53 apartado A, numerales 1, 2 fracciones I y XX, XXI, de la Constitución Política de la Ciudad de México; 1, 3, 4, 5, 6, 15, 20, 21, 29, 30, 31, 40, 62, 63, 71 fracción I y II, 74 y 75 fracción XIII y 225 fracción II de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; y el Acuerdo por el que se Delega a la Persona Titular de la Dirección General Jurídica y de Gobierno de la Alcaldía Cuajimalpa de Morelos, la Facultad de otorgar y suscribir contratos, convenios, documentos y demás actos de carácter administrativo o de cualquier otra índole, dentro del ámbito de sus atribuciones y que son necesarios para el ejercicio de sus funciones, así0301 como, para la operación de la Dirección General Jurídica y de Gobierno en cuanto al manejo y administración de los recursos materiales, humanos y financieros, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el día 27 de enero de 2023, y

CONSIDERANDO

  1. Que la alcaldía Cuajimalpa de Morelos es un Órgano Político Administrativo con personalidad jurídica y autonomía con respecto a su administración, forma parte de la administración pública de la Ciudad de México y un nivel de gobierno, en los términos de las competencias constitucionales y legales correspondientes, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política de la Ciudad de México y la Ley Orgánica de las Alcaldías de la Ciudad de México.

  2. Que la actuación de la Administración Pública de la Ciudad de México, regulada en la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, establece que las actuaciones y diligencias de orden administrativo deberán ser ejecutadas en días hábiles, y que se consideran días inhábiles, entre otros, aquellos en que se suspendan de manera general las labores de las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México.

  3. Que el artículo 29, de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, establece que serán días de descanso obligatorio los que señale el calendario oficial y el que determinen las Leyes...

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