Acuerdo por el que se declara desierta la Convocatoria 2015 para integrar la Asamblea Consultiva del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad

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EmisorSecretaría de Desarrollo Social

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.- Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

ACUERDO POR EL QUE SE DECLARA DESIERTA LA CONVOCATORIA 2015 PARA INTEGRAR LA ASAMBLEA CONSULTIVA DEL CONSEJO NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

MARÍA DE LAS MERCEDES MARTHA JUAN LÓPEZ, Directora General del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 14, 17, 21, 22 y 59 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 43, fracción II y 50, fracciones VIII y XI de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y penúltimo párrafo de la CONVOCATORIA 2015 para la elección de los representantes de los 31 estados y el Distrito Federal, de cinco representantes entre expertos, académicos o investigadores, y cinco representantes de organizaciones nacionales de y para personas con discapacidad para integrar la Asamblea Consultiva del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, así como las demás disposiciones aplicables, y

CONSIDERANDO

Que con fecha 30 de octubre de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la CONVOCATORIA 2015 para la elección de los representantes de los 31 estados y el Distrito Federal, de cinco representantes entre expertos, académicos o investigadores, y cinco representantes de organizaciones nacionales de y para personas con discapacidad para integrar la Asamblea Consultiva del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 53 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad;

Que dicha disposición, establece que la Asamblea Consultiva estará integrada por un representante electo por las organizaciones de y para personas con discapacidad, de cada una de las Entidades Federativas; de cinco personas entre expertos, académicos o investigadores electos por convocatoria pública, y de cinco representantes de organizaciones nacionales de y para personas con discapacidad, electos por un Comité, que a su vez estará integrado por el Director General del Consejo, los Presidentes de las Comisiones de Atención...

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