Acuerdo por el que se dan a conocer los términos de referencia para la elaboración de Programas Internos de Protección Civil en mercados públicos
SECRETARÍA DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL
Arq. Myriam Vilma Urzúa Venegas, Secretaria de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México con fundamento en los artículos 14 Apartado A, 16 Apartado I, 33 numeral 1, y 60 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 1, 2, 11, fracción I, 16, fracción VIII, 20 fracción IX, y 33 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 7 fracción VIII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 1, 2 fracciones XLVIII y LXV, 14 fracción XV, 56, 58 fracción XV, 59, 60, 61, 62, 70, 71 y demás aplicables de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México; 2 fracción XXXI, 38, 39, 42, 45 y demás aplicables del Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México; así como los artículos 1, 3 y 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México.
CONSIDERANDO
Que el Gobierno de la Ciudad de México garantizará la seguridad de las personas, estableciendo medidas de gestión integral de riesgos que reduzcan la vulnerabilidad ante eventos originados por fenómenos naturales y por la actividad humana.
Que la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil tiene la función esencial de diseñar y ejecutar, con base en los principios de diseño universal y accesibilidad, acciones encaminadas a gestionar los riesgos de desastres. Asimismo, sus objetivos son garantizar el correcto funcionamiento del Sistema de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México, a través de la supervisión y la coordinación de acciones que sobre la materia realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Local mediante la adecuada gestión integral de los riesgos, incorporando la participación activa y comprometida de la sociedad, tanto en lo individual como en lo colectivo.
Que el 5 de junio de 2019, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México.
Que la Ley de referencia, establece el Programa Interno de Protección Civil como un instrumento de planeación y operación, circunscrito al ámbito de una dependencia, entidad, establecimiento, empresa, institución u organismo del sector público, privado o social, que tiene como propósito reducir los riesgos previamente identificados y definir acciones preventivas y de respuesta para estar en condiciones de evitar o atender la eventualidad de alguna emergencia o desastre.
Que el 2 de marzo de 2021, se publicó el "Decreto por el que se modifica la denominación de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal y de la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en el Distrito Federal; y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México, de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, de la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en el Distrito Federal, así como del Código Civil para el Distrito Federal", a través del cual se establece la obligatoriedad para que los Mercados Públicos cuenten con Programa Interno de Protección Civil.
Que con fecha 18 de junio de 2021, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el "Decreto por el que se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil."
Que el 9 de diciembre de 2021, fue publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el "Acuerdo por el que se dan a conocer los Términos de Referencia para la elaboración de Programas Internos de Protección Civil en Mercados Públicos TR-SGIRPC-PIPC-MPUB-007-2021".
Que con fecha 28 de abril de 2023 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el "Decreto por el que se reforma, diversas disposiciones de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México" que establece entre otras reformas las correspondientes a las obligaciones de los Responsables Oficiales de Protección Civil, por lo que se hace necesaria su actualización.
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Que la reforma indicada tiene entre otros objetivos el simplificar el cumplimiento de los requerimientos en materia de Programas Interno de Protección Civil, eliminando requisitos y documentación excesiva.
Que el Programa Interno de Protección Civil será implementado por las personas que conformen la Administración del Mercado Público, por medio de un Responsable Oficial de Protección Civil o Responsable Oficial de Protección Civil Institucional, y deberá ser elaborado de conformidad con los Términos de Referencia, las Normas Técnicas y las Normas Oficiales Mexicanas que se expidan sobre la materia, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA ELABORACIÓN DE PROGRAMAS INTERNOS DE PROTECCIÓN CIVIL EN MERCADOS PÚBLICOS, TRSGIRPC-PIPC-MPUB-007-2-2023
CONTENIDO
I. MARCO JURÍDICO
1.1 Leyes
1.2 Reglamentos
1.3 Normas Oficiales Mexicanas
1.4 Lineamientos
1.5 Normas Técnicas, Normas Técnicas Complementarias, Instructivos y Catálogos
II. DEFINICIONES
III. CAMPO DE APLICACIÓN
IV. OBJETIVO GENERAL
V. OBJETIVO ESPECÍFICO
VI. OBLIGACIONES DEL RESPONSABLE DEL MERCADO PÚBLICO
VII. CONTENIDO
VIII. DATOS GENERALES DEL INMUEBLE Y DESCRIPCIÓN GENERAL DEL MISMO
8.1 Datos generales
8.2 Descripción del inmueble
IX. IDENTIFICACIÓN Y ANÁLISIS DE RIESGOS
9.1 Riesgos Internos
9.2 Riesgos Externos
X. PLAN DE REDUCCIÓN DE RIESGOS
10.1 Comité Interno de Protección Civil
10.2 Acta de Constitución del Comité Interno de Protección Civil
10.3 Conformación del Comité Interno de Protección Civil
10.4 Funciones
10.5 Integración de Brigadas de Protección Civil
10.6 Funciones generales de las personas brigadistas
10.7 Funciones específicas de la Brigada de Primeros Auxilios
10.8 Funciones específicas de la Brigada de Prevención y Combate de Incendios
10.9 Funciones específicas de la Brigada de Evacuación y Repliegue
10.10 Funciones específicas de la Brigada de Comunicaciones
10.11 Capacitación
10.12 Simulacros
10.13 Señalización
10.14 Ruta de evacuación y salidas normales y/o de emergencia
10.15 Instalación Eléctrica
10.16 Instalación de gas L.P. y/o natural
10.17 Programa Anual de Mantenimiento de Instalaciones
10.18 Programa Anual de Mantenimiento del equipo de prevención y combate de incendios
10.19 Dictámenes y/o Constancias de Seguridad Estructural
XI. EQUIPAMIENTO Y ZONIFICACIÓN PARA ATENCIÓN DE EMERGENCIAS
11.1 Equipos de Prevención y Combate de Incendios
11.2 Primeros Auxilios
11.3 Alerta Sísmica
11.4 Zonificación para atención de la emergencia
XII. PLAN DE CONTINGENCIAS
12.1 Objetivos
12.2 Contenido
12.3 Medidas genéricas para el manejo de contingencias
12.4 Protocolos específicos de actuación por tipo de riesgo
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XIII. PLAN DE CONTINUIDAD DE OPERACIONES
XIV. VIGILANCIA, EVALUACIÓN Y VERIFICACIÓN
14.1 Descripción
14.2 Procedimiento de verificación
14.3 Cédula de Verificación
ANEXO 1. CONTENIDO MÍNIMO INDISPENSABLE PARA BOTIQUINES
I. MARCO JURÍDICO
Para la correcta interpretación de los presentes Términos de Referencia, deberán consultarse los siguientes instrumentos normativos vigentes o los que los sustituyan:
1.1 Leyes
1.1.1 Ley Federal de Procedimiento Administrativo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 04 de agosto de 1994, última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de mayo de 2018.
1.1.2 Ley General de Protección Civil, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de junio de 2012, última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2021.
1.1.3 Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 21 de diciembre de 1995, última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 12 de junio de 2019.
1.1.4 Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 5 de junio de 2019, última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 28 de abril de 2023.
1.2 Reglamentos
1.2.1 Reglamento de la Ley General de Protección Civil, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de mayo de
2014, última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de diciembre de 2015.
1.2.2 Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 7 de agosto de 2019, última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 18 de junio de 2021.
1.2.3 Reglamento de Mercados para el Distrito Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de junio de 1951.
1.3 Normas Oficiales Mexicanas
1.3.1 NOM-001-SEDE-2012, Instalaciones Eléctricas (utilización), publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 2012.
1.3.2 NOM-002-STPS-2010, Condiciones de seguridad-prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de diciembre de 2010.
1.3.3 NOM-003-SEGOB-2011, Señales y avisos para protección civil - Colores, formas y símbolos a utilizar, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 2011.
1.3.4 NOM-004-SEDG-2004, Instalaciones de Aprovechamiento de gas L.P. Diseño y Construcción, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de diciembre de 2004.
1.3.5 NOM-008-SEGOB-2015, Personas con discapacidad. - Acciones de prevención y condiciones de seguridad en materia de protección civil en situación de emergencia o desastre, publicada en el...
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