Acuerdo por el cual se dan a conocer las modificaciones a los Lineamientos de Operación de la acción social, “Matrimonios Colectivos 2019”, publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el día 12 de agosto de 2019

46 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 27 de noviembre de 2019

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO ALCALDÍA GUSTAVO A. MADERO

Dr. Francisco Chíguil Figueroa, Alcalde de Gustavo A. Madero, con fundamento en el artículo 53, Apartado A numerales 1 y 2 Fracción XI, 12 Fracciones I y VIII Apartado B numerales 1 y 3 inciso a) Fracciones XXXIV y XXXVII, así como los artículos Trigésimo y Trigésimo Cuarto Transitorios de la Constitución Política de la Ciudad de México; artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; artículos 1, 5, 6, 9, 16 segundo párrafo, 21, 29 Fracción VIII, 30, 31 Fracción I y 35 Fracción IV de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; artículo 11, 33, 34 Fracción I, 35, 36, 37, 38 y 38 Bis de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, artículo 50 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; artículos 124 y 128 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México, "Lineamientos para la Elaboración de Acciones Institucionales de Desarrollo Social (Acciones Sociales) 2019", y

CONSIDERANDO

Que la Alcaldía de Gustavo A. Madero, es un Órgano Político-Administrativo dotado de personalidad jurídica y autonomía con respecto a su administración y al ejercicio de su presupuesto; forma parte de la administración pública de la Ciudad de México y conforma un nivel de gobierno, de acuerdo con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política de la Ciudad de México y la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México.

Que la Ciudad de México garantiza la igualdad sustantiva entre todas las personas sin distinción por cualquiera de las condiciones de diversidad humana, de acuerdo con lo establecido por el artículo 4, apartado C, numeral 1 de la Constitución Política de la Ciudad de México.

Que el artículo 6, apartado C, numeral 3 de la Constitución Política de la Ciudad de México, establece el derecho a la identidad y la seguridad jurídica, el cual implica el derecho de toda persona a realizar actos jurídicos de forma accesible y asequible. Asimismo, se determina en el apartado D, numeral 3 del mismo ordenamiento jurídico que todas las estructuras, manifestaciones y formas de comunidad familiar son reconocidas en igualdad de derechos, protegidas integralmente por la ley y apoyadas en sus tareas de cuidado.

En nuestra Ciudad, el matrimonio es la unión libre de dos personas para realizar la comunidad de vida, en donde ambos se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua, asimismo, es una relación jurídica familiar, generadora de deberes, derechos y obligaciones, derecho a decidir de manera libre, informada y responsable el número de hijos; así como decidir entre los regímenes patrimoniales que deseen de acuerdo con lo establecido por el artículo 138 Quintus, Titulo V, Capitulo III, IV, V, VI del Código Civil para el Distrito Federal.

Que la gratuidad respecto a la celebración de actos jurídicos funciona como una política pública orientada a promover y garantizar el acceso de todas las personas a la seguridad jurídica, de tal manera que el matrimonio es un acto jurídico que tiene como finalidad última garantizar la protección de los derechos humanos de las personas integrantes de la familia.

Que mediante oficio CDMX/CEDS/DE/078/2019 de fecha 13 de noviembre de 2019, la Dirección de Evaluación del Consejo de Evaluación de Desarrollo Social de la Ciudad de México, informó que con fundamento en el Acuerdo SO/VII/05/2019 de la Sesión Ordinaria 2019 del Comité de Evaluación y Recomendaciones, se adjuntó el dictamen aprobatorio correspondiente a la acción social "Matrimonios Colectivos"; es por lo anterior he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS MODIFICACIONES A LOS LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DE LA ACCIÓN SOCIAL "MATRIMONIOS COLECTIVOS 2019" A CARGO DE LA ALCALDÍA GUSTAVO A. MADERO, PUBLICADOS EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EL DÍA 12 DE AGOSTO DE 2019.

1. Nombre de la Acción

Matrimonios Colectivos 2019

2. Tipo de Acción

Servicios

3. Entidad responsable:

Alcaldía Gustavo A. Madero

Unidades administrativas responsables de la operación de la acción:

Dirección General de de Asuntos Jurídicos y de Gobierno (Control y Supervisión de la acción social)

Dirección de Gobierno (Control y Supervisión de la acción social)

Jefatura de Unidad Departamental de Panteones y Juntas de Reclutamiento (Operación y Seguimiento de la acción social) Dirección General de Administración (Transferencia de los Recursos).

4. Diagnostico

Antecedentes

Esta Acción Social tiene sus inicios en el ejercicio 2007, fue creada con el objetivo de garantizar el pleno ejercicio de los derechos legales y brindar certeza jurídica a las parejas que viven en unión libre y a sus hijos, garantizando así sus derechos civiles, aumentando paulatinamente la participación de parejas pues en 2007 participaron 270 parejas, en 2008 lo hicieron 334 y en 2009 fueron 505, año en el que a pesar de no haberse emitido una convocatoria se tuvo una respuesta favorable por parte de la población maderense a esta acción.

En 2010, el número de parejas que contrajo matrimonio en la delegación, se elevó a 765, parejas que quedaron exentas del pago de derechos por la celebración del matrimonio, cuyo costo fue de 797 pesos, y recibieron una copia certificada del acta correspondiente, con valor de 33 pesos; además, la delegación les otorgó como obsequio un juego de vajilla.

Para el ejercicio 2011, la convocatoria a esta acción fue abierta para apoyar hasta 700 parejas que quisieran contraer matrimonio de forma totalmente gratuita, no obstante lo anterior, solo se logró la participación de 450 parejas, con la inclusión de 3 parejas del mismo sexo, otorgando a las parejas una ayuda consistente en el no pago de derechos por la prestación de servicios realizados por la Dirección General del Registro Civil del Distrito Federal y se les entregó un obsequio con valor de 250 pesos, así como la copia certificada del acta de matrimonio.

Para los años subsecuentes esta acción social se mantuvo con una meta física de 700 parejas que desearan contraer matrimonio, no obstante lo anterior, el número de parejas participantes fue disminuyendo.

Con base en lo anterior, la Alcaldía para el ejercicio 2019, replanteo las metas físicas del programa estableciendo beneficiar a un máximo de 446 parejas, que deseen contraer matrimonio, mismas que no efectuarán el pago de derechos correspondiente a la inscripción de matrimonio en los Juzgados del Registro Civil que hayan sido designados por la Dirección General del Registro Civil en la Ciudad de México, además de que será entregado un obsequio y la copia certificada del acta de matrimonio.

Problema o Necesidad Social que atiende la Acción

Según datos del INEGI, las entidades federativas que presentan las tasas más altas de matrimonios por cada 1,000 habitantes mayores de 17 años fueron Quintana Roo (9.5), Guanajuato (7.8), Sinaloa (7.5) y Sonora (7.4), mientras que las que presentaron las tasas más bajas fueron Ciudad de México (3.8), Puebla (4.1), Baja California Sur (4.2) y Tlaxcala

(4.4), en la Alcaldía Gustavo A. Madero se ha identificado la falta de recursos como uno de los factores que impacta la organización y el desarrollo familiar, con esta acción se brindará estabilidad legal y beneficios adicionales a las familias maderenses, fortaleciendo a la familia como pilar de la sociedad.

Definición de la Población Objetivo y Beneficiaria

La población objetivo del programa será aquella que corresponde a hombres y mujeres de la Demarcación en edad de casarse que deseen contraer matrimonio.

La población beneficiaria de este programa será de 446 parejas que deseen contraer matrimonio de forma gratuita con la finalidad de promover la organización y el desarrollo familiar...

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