Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos Técnicos y Operativos para la actualización de los Atlas de Riesgos de las Alcaldías

SECRETARÍA DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL

ARQ. MYRIAM VILMA URZÚA VENEGAS, Secretaria de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México con fundamento en el artículo 33 numeral 1 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 2, 11, fracción I, 16, fracción VIII, 20 fracción IX, y 33 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 7 fracción VIII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 2 fracción IV, 14 fracción IX, 15 fracción V, 20 y 84 de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México; 70 fracción II, 73 y 74 del Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil; así como los artículos 3 y 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México.

CONSIDERANDO

Que la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil le corresponde la integración del Atlas de Riesgos de la Ciudad de México, como un Sistema integral de información que conjunta los Atlas de Riesgos de las Alcaldías, sobre los daños y pérdidas esperados, resultado de un análisis espacial y temporal, sobre la interacción entre los Peligros, la Vulnerabilidad, la exposición y los Sistemas Expuestos;

Que las Alcaldías integrarán el sistema de información que identifica los daños y pérdidas esperados a que está expuesta la población, resultado de un análisis espacial y temporal, sobre la interacción entre los Peligros, la Vulnerabilidad, la exposición y los Sistemas Expuestos en su territorio y deberán elaborar el Atlas de Riesgos y mantenerlo actualizado permanentemente de conformidad con los Lineamientos técnicos y operativos que al efecto emita la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil;

Que dentro de las atribuciones de la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil se encuentra la de emitir elaborar y expedir los lineamientos técnicos y operativos que serán de carácter obligatorio para la elaboración de los Atlas de Riesgos de las Alcaldías; por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS TÉCNICOS Y OPERATIVOS PARA LA ACTUALIZACIÓN DE LOS ATLAS DE RIESGOS DE LAS ALCALDÍAS

1. Introducción

El presente instrumento se concibe como una guía para la actualización de los Atlas de Riesgos de las Alcaldías y el Atlas de Riesgos de la Ciudad de México.

Este documento no se contrapone con los Lineamientos para la elaboración de los Atlas de Riesgos de las Alcaldías.

2. Objetivo

Establecer los lineamientos para la actualización de las bases geoespaciales en los Atlas de Riesgos de las Alcaldías, para diagnosticar, ponderar y detectar amenazas, peligros, vulnerabilidades y estimar los riesgos en el espacio geográfico a través de criterios estandarizados, catálogos y bases de datos homologadas, compatibles y complementarias.

3. Antecedentes

De acuerdo con el Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030, dentro de la Prioridad 1 Comprender el riesgo de desastres, en su numeral 23 se considera lo siguiente:

"Las políticas y prácticas para la gestión del riesgo de desastres deben basarse en una comprensión del riesgo de desastres en todas sus dimensiones de vulnerabilidad, capacidad, grado de exposición de personas y bienes, características de las amenazas y entorno. Esos conocimientos se pueden aprovechar para la evaluación del riesgo previo a los desastres, para la prevención y mitigación y para la elaboración y aplicación de medidas adecuadas de preparación y respuesta eficaz para casos de desastre.

Niveles nacional y local2026"

8 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 26 de diciembre de 2019

Por su parte el numeral 24, considera que para lograr lo anterior es importante:

"c) Elaborar, actualizar periódicamente y difundir, como corresponda, información sobre el riesgo de desastres basada en la ubicación, incluidos mapas de riesgos, para los encargados de adoptar decisiones, el público en general y las comunidades con riesgo de exposición a los desastres, en un formato adecuado y utilizando, según proceda, tecnología de información geoespacial;

  1. Evaluar, registrar, compartir y dar a conocer al público, de manera sistemática, las pérdidas causadas por desastres y comprender el impacto económico, social, sanitario, educativo y ambiental y en el patrimonio cultural, como corresponda, en el contexto de la información sobre la vulnerabilidad y el grado de exposición a amenazas referida a sucesos específicos;

  2. Asegurar que la información no confidencial desglosada por pérdidas sobre el grado de exposición a amenazas, la vulnerabilidad, los riesgos y los desastres esté disponible y accesible libremente, como corresponda;

  3. Promover el acceso en tiempo real a datos fiables, hacer uso de información espacial e in situ, incluidos los sistemas de información geográfica (SIG), y utilizar las innovaciones en materia de tecnología de la información y las comunicaciones para mejorar los instrumentos de medición y la recopilación, el análisis y la difusión de datos;"

    4. Marco Normativo

    De acuerdo con el artículo 19 fracción XXII, de la Ley General de Protección Civil que refiere: "Supervisar, a través del CENAPRED, que se realice y se mantenga actualizado el atlas nacional de riesgos, así como los correspondientes a las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México;

    El Atlas se integra con la información a nivel nacional, de las entidades federativas, Municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México. Consta de bases de datos, sistemas de información geográfica y herramientas para el análisis y la simulación de escenarios, así como la estimación de pérdidas por desastres. Por la naturaleza dinámica del riesgo, deberá mantenerse como un instrumento de actualización permanente.

    Los atlas de riesgo constituyen el marco de referencia para la elaboración de políticas y programas en todas las etapas de la Gestión Integral del Riesgo;"

    Así mismo la Ley...

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