Acuerdo por el que se dan Conocer los Días de Suspensión de Términos Inherentes a las Solicitudes de Información Pública, así como el Ejercicio de los Derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación, y Oposición de Datos Personales, ante la Unidad de Transparencia; los Días que se Indican

24 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 05 de Octubre de 2018

Lic. Clara Marina Brugada Molina, Alcaldesa en Iztapalapa, con fundamento en el artículo 38 fracción I, 228 y 229 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; 4º, 6º fracción XLI, 10 y 214 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México; 5º de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México; 11 párrafo tercero y 71 fracción IX de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; y

CONSIDERANDO

Que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México, contados a partir del 1º de octubre del 2018 inician su encargo los Alcaldes electos por la ciudadanía para el período 2018-2021 y con ese motivo, las administraciones entrante y saliente en cada demarcación realizarán de conformidad con la normatividad aplicable, diversos procesos administrativos de entrega y recepción de las áreas y asuntos a atender para mantener la gobernabilidad y la eficiencia administrativa en la atención de los trámites y procesos administrativos a cargo de las propias Alcaldías en beneficio directo de la Ciudadanía.

Que la Alcaldía de Iztapalapa es un Órgano Político-Administrativo de la Administración Pública Centralizada de la Ciudad de México y Ente Obligado en sus relaciones con los particulares en materia de derecho de acceso a la información pública, protección y tratamiento de los datos personales en su posesión, bajo los principios de certeza, eficacia, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad, objetividad, profesionalismo, transparencia, buena administración, y gobierno abierto.

Que la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, y la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, establecen en sus disposiciones que en todo lo no previsto en esos ordenamientos, se aplicará de manera supletoria lo señalado en la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México.

Que la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México regula la actuación de la Administración Pública de la Ciudad de México ante los particulares, estableciendo que los Órgano Político Administrativos que lleven a cabo actuaciones y diligencias en el ejercicio de las facultades que le...

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