Acuerdo por el que se da por terminada la suspensión de los Términos y Procedimientos a cargo de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Gobierno de la Ciudad de México, que se indican

4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 28 de Septiembre de 2017

MANUEL GRANADOS COVARRUBIAS, Consejero Jurídico y de Servicios Legales de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 35 fracciones I, IV, X, XI, XIII, XVII, XX, XXI y XXVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México; 29, 37, fracción II, 114 fracciones XII, XIII, XIV, XV, XV Bis, XVI, XVII, XVIII y XXII, y 116 fracción III, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, y

C O N S I D E R A N D O

Que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales es una Dependencia de la Administración Pública Centralizada de la Ciudad de México a la que corresponde entre otros, el despacho de las materias relativas a las funciones de orientación, asistencia, publicación oficial y coordinación de asuntos jurídicos; regulación de la tenencia de la tierra; de los servicios relacionados con el Registro Civil, el Registro Público de la Propiedad y de Comercio y el Archivo General de Notarías, y de las funciones de Cultura Cívica.

Que con motivo del fenómeno sísmico ocurrido el día diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete en la Ciudad de México, el Jefe de Gobierno emitió la Declaratoria de Emergencia, publicada en la Gaceta Oficial el día veinte de septiembre pasado; cuyo artículo Sexto estableció la suspensión de todos los términos y procedimientos administrativos a cargo de las Dependencias, Entidades, Órganos Desconcentrados y Delegaciones de la Ciudad de México, hasta en tanto se publique en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el término de la misma.

Que con fecha veintiséis de septiembre de dos mil diecisiete el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México emitió el Decreto por el que se instruye la elaboración del Programa y se crea el Órgano de Apoyo Administrativo a las Actividades del Jefe de Gobierno denominado Comisión para la Reconstrucción, Recuperación y Transformación de la Ciudad de México en una CDMX cada vez más resiliente, mismo que se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México de ese mismo día.

Que el artículo QUINTO TRANSITORIO del Decreto referido en el considerando inmediato que antecede establece que los titulares de las Dependencias, Entidades, Órganos Desconcentrados y Delegaciones darán por terminada la suspensión de los términos y procedimientos administrativos a su cargo, en la medida en que estén en posibilidad de continuar con el desahogo de los mismos sin riesgo alguno para la seguridad...

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