Acuerdo por el que se da a conocer el resumen del Programa de Manejo del Parque Municipal de Recreación Popular denominado 'Laguna de Chignahuapan', ubicado en el municipio de Almoloya del Río, Estado de México.

Martes 1o. de noviembre de 2022 Sección Primera Tomo: CCXIV No. 82
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Al margen Escudo del Estado de México.
ING. JORGE RESCALA PÉREZ, TITULAR DE LA SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE DEL GOBIERNO DEL
ESTADO DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIERE EL ARTÍCULO 78 DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO Y CON FUNDAMENTO EN LOS
ARTÍCULOS 1, 3, 15, 19 FRACCIÓN XVII, 32 BIS FRACCIONES I Y III DE LA LEY ORGÁNICA DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; 1 .5, 2.116 Y 2.117 DEL CÓDIGO PARA LA BIODIVERSID AD
DEL ESTADO DE MÉXICO; 180 Y 181 DEL REGLAMENTO DEL LIBRO SEGUNDO DEL CÓDIGO PARA LA
BIODIVERSIDAD DEL ESTADO DE MÉXICO; 5 Y 6 FRACCIONES I Y XXVII DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA
SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE Y
CONSIDERANDO
Que la Secretaría del Medio Ambiente del Estado de México, en términos de lo dispuesto por los artículos 2.116 y 2.117 del
Código para la Biodiversidad del Estado de México, ha concluido la elaboración del Programa de Manejo del Parque
Municipal de Recreación Popular denominado "Laguna de Chignahuapan", c reado mediante Decreto del Ejecutivo del
Estado por el que se crea el Parque Municipal de Recreación Popular denominado "Laguna de Chi gnahuapan", ubicado en
el municipio de Almoloya del Río, Estado de México, publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 08 de julio de
1978.
Que este Parque Municipal se encuentra inmers o en el Área Natu ral Protegida de jurisdicción federal Área de Protección de
Flora y Fauna Ciénegas de Lerma decretada el 27 de noviembre de 2002 y modificada el 29 de julio de 2003, mediante
Decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación.
Que el artículo 181 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México, establece
que una vez que se cuente con el Programa de Manejo del Área Natural Protegida la Secretaría del Medio Ambiente
publicará en la “Gaceta del Gobierno” un resumen del mismo, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL RESUMEN DEL PROGRAMA DE MANEJO DEL PARQUE
MUNICIPAL DE RECREACIÓN POPULAR DENOMINADO "LAGUNA DE CHIGNAHUAPAN", UBICADO EN EL
MUNICIPIO DE ALMOLOYA DEL RÍO, ESTADO DE MÉXICO.
ÚNICO. Se da a conocer el Resumen del Programa de Manejo del Área Natural Protegida con la categoría de Parque
Municipal de Recreación Popular denominado "Laguna de Chignahuapan", ubicado en el municipio de Almoloya del Río,
Estado de México.
El Programa de Manejo íntegro se encuentra a disposición para su consulta en las oficinas de la Com isión Estatal de
Parques Naturales y de la Fauna, ubicadas en Carretera MetepecSanta María Nativitas km 7, C.P. 52200, Calimaya,
Estado de México.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.
SEGUNDO. El presen te Acuerdo entrará en vigor el día siguiente a s u publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del
Gobierno”.
Dado en la ciudad de Metepec, Estado de México, a los 27 días del mes de octubre de dos mil veintidós.
ING. JORGE RESCALA PÉREZ.- SECRETARIO DEL MEDIO AMBIENTE.- RÚBRICA.
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RESUMEN DEL PROGRAMA DE M ANEJO DEL PARQUE MUNICIPAL DE RECREACIÓN POPULAR DENOMINADO
"LAGUNA DE CHIGNAHUAPAN", UBICADO EN EL MUNICIPIO DE ALMOLOYA DEL RÍO, ESTADO DE MÉXICO.
Las Áreas Naturales Protegidas se consid eran espacios que tienen la función de conservar los ambientes naturales que se
localizan en las d iversas regiones geográficas del Estado de México, cuya función principal es la protección de los diversos
ecosistemas, sobre todo los de mayor fragilidad, as egurando con ello la continuidad de los ciclos ecológicos, evolutivos y
biológicos de las especies que en ellas habitan.
Esta estrategia de protección es de gran importancia para las poblaciones que de manera directa son influenciadas, así
como las poblaciones que de manera indirecta reciben los beneficios ecológicos a través de los sistemas pr oductivos que
los ecosistemas proporcionan. Caso concreto es el de la cuenca h idrográfica del Lerma-Santiago (RH-12), cuyas
características biológicas radican en su gran riqueza biológica.
La Laguna de Chignahuapan es uno de los remanentes lacustres a nivel regional que se abastece principalmente por la
recarga pluvial, fue d ecretada como Área Natural Protegida de jurisdicción estatal en el a ño de 1978 con la finalidad de
promover la reforestación y forestación, prevención de inundaciones y erosiones, mejoramiento del suelo, prohibición de
construcciones que dificulten su buen funcionamiento y restricciones de asentamientos humanos. Lo anterior con el objeto
de otorgar un servicio público a la comunidad mediante el establecimiento de zonas deportivas, recreativas y de
esparcimiento.
Esta región que forma parte de las Ciénegas del Lerma, alberga una gran diversidad de flora y fauna silvestres, entre las
que se pueden encontrar tule redondo ( Schoenoplectus tabernaemontani), tule palma (Typha latifolia), lirio acuático
(Eichhornia crassipes), cola de caballo (Myriophyllum aquaticu m), bejuquillo, cebolleja (Lilaea scilloides), rana d e
Moctezuma (Lithobates montezumae), salamandra, ajolote del Lerma (Ambystoma lermaense), rata algodonera (Sigmodon
hispidius), tlacuache (Didelphis virginiana), conejo castellano o serrano (Sylvilagus floridanus), cacomixtle (Bassariscus
astutus), comadreja (Mustela frenata), así como diversas especies de aves que ocupan el sitio como zona de anidación e
hibernación.
Este Parque Municipal se encuentra dentro del Área de Protección de Flora y Fauna Ciénegas de Lerma declarada como
Área Natural Protegida Federal el 27 de noviembre de 2002 y mo dificada el 29 de julio de 2003, mediante Decretos
publicados en el Diario Oficial de la Federación, razón por la cual se destaca su creación posterior al Decreto del Ejecutivo
Estatal.
Cuenta c on una gran diversidad de especies de fauna silvestre, tanto terrestres como acuáticas, en alguna categoría de
riesgo de acuerdo a la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, Protección ambiental-Especies nativas de
México de flora y fauna silvestres-Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-Lista de
especies en riesgo. Por lo anterior, re presenta un sitio propicio para el refugio de fauna silvestre, recarga de acuíferos,
absorción de bióxido de carbono, mejoramiento de microclimas además de la belleza escénica que representa.
I. CATEGORÍA Y NOMBRE DEL ÁREA NATURAL PROTEGIDA
Parque Municipal de Recreación Popular denominado "Laguna de Chignahuapan", ubicado en el municipio de Almoloya del
Río, Estado de México.
II. FECHA DE PUBLICACIÓN EN LA “GACETA DEL GOBIERNO” DE LA DECLARATORIA RESPECTIVA
Decreto del Ejecutivo del Estado por el que se crea el Parque Municipal de Recreación Popular denominado "Laguna de
Chignahuapan", ubicado en el municipio de Almoloya del Río, Estado de México, publicado en el Periódico Ofi cial “Gaceta
del Gobierno” el 08 de julio de 1978, con una superficie de 77.32-12 hectáreas.
III. PLANO DE UBICACIÓN DEL ÁREA NATURAL PROTEGIDA
El Área Natural Protegida con la categoría de Parque Municipal "Laguna de Chignahuapan", se ubica en el municipio de
Almoloya del Río, Estado de México, con una superficie de 77.32-12 hectáreas, con las colindancias siguientes:
Al noroeste con los límites municipales de Atizapán;
Al noreste con la vialidad Joaquín Pagaza del municipio de Almoloya del Río;
Al sur con las Ciénegas de Lerma;
Al oriente con la cabecera municipal de Almoloya del Río, y

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