Acuerdo por el cual se da a conocer el enlace electrónico donde podrá ser consultado el Manual de Integración y Funcionamiento del Subcomité de Obras, con número de registro MEO-115/OBRASS-22-AZC-119D86B

A L C A L D Í A S

ALCALDÍA EN AZCAPOTZALCO

MARGARITA SALDAÑA HERNÁNDEZ, Alcaldesa en Azcapotzalco, con fundamento en lo establecido en los artículos 1 y 122 apartado A, base VI, incisos a) y c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 52 numerales 1, 2 y 4 y 53 apartado A, numerales 1, 12 fracciones I, XI, XII y XV y 14 apartado B, numerales 1, 3, inciso a) fracciones I, III, VII, VIII, X y 60 numeral 1 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 1, 2 fracciones I, II, 4, 5, 6, 9, 15, 20 fracciones I y XXIV, 21, 29 fracciones XII y XIII, 31 fracciones I y III, 71 y 207 fracciones III y IV de la Ley Orgánica de las Alcaldías de la Ciudad de México; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; 1 fracción I, segundo párrafo de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; 8-H fracción I del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, así como en los Lineamientos para el Registro de los Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública de la Ciudad de México; y

CONSIDERANDO

Que las demarcaciones territoriales son la base de la división territorial y de la organización político administrativa de la Ciudad de México. Se conforman por habitantes, territorio y autoridades políticas democráticamente electas. Son el orden de gobierno más próximo a la población de la Ciudad y sus instituciones se fundamentan en un régimen democrático, representativo y de participación ciudadana, así como en los preceptos del buen gobierno.

Que las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, están dotadas de personalidad jurídica y autonomía en cuanto a su administración y al ejercicio de su presupuesto, integradas por una Alcaldesa o Alcalde electo por votación universal, libre, secreta y directa, para un periodo de tres años, a quienes corresponde la administración pública de sus demarcaciones territoriales.

Que las Alcaldías tiene como finalidades, entre otras, la de ser representantes de los intereses de la población en su ámbito territorial; promover una relación de proximidad y cercanía del gobierno con la población; promover la convivencia, la economía, la seguridad y el desarrollo de la comunidad que habita en la demarcación; garantizar la gobernabilidad, la seguridad ciudadana, la planeación, la convivencia y la civilidad en el ámbito local; garantizar la equidad, eficacia y transparencia de los programas y acciones de gobierno; mejorar el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR