Acuerdo por el que se da a conocer la distribución entre municipios del Estado de Querétaro, de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, así como del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal para el ejercicio fiscal 2015.

Pág. 1336 PERIÓDICO OFICIAL 30 de enero de 2015
PODER EJECUTIVO
Lic. José Eduardo Calzada Rovirosa, Gobernador del Estado de Querétaro, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 26 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 25, 32,
33, 34, 35, 36 y 37 de la Ley de Coordinación Fiscal; 22, fracción VIII y 23 de la Constitución Política del
Estado de Querétaro; 2, 8 y 19, fracciones I y II de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de
Querétaro; 2 de la Ley de Planeación del Estado de Querétaro, así como lo dispuesto en la Cláusula
Segunda del Convenio para Acordar la Metodología, Fuentes de Información, Mecanismo de
Distribución y Acciones para la Operación del Fondo para la Infraestructura Social Municipal y de las
Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, correspondiente al Estado de Querétaro, que forma
parte del F ondo de Aportaciones para la Infraestructura Social, del Ram o General 33 “Aportaciones
Federales para Entidades Federativas y M unicipios”, suscrito por el Ejecutivo Federal a través de la
Secretaría de Desarrollo Social y el Estado de Querétaro, de fecha 20 de enero de 2015, y
Considerando
1. Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015, prevé la transferencia de
recursos provenientes del Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios, a
favor de los estados y municipios, entre otros, de los Fondos de Aportaciones para la Infraestructura Social
Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal y de Aportaciones para el Fortalecimiento de
los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal.
2. Que los recursos de los Fondos antes mencionados deben ser distribuidos entre los Municipios mediante las
fórmulas y metodologías señaladas en los artículos 34, 35, 36 y 38 de la Ley de Coordinación Fiscal, en donde
los numerales 35 y 36 establecen además la obligación de los Estados para publicar oficialmente a más tardar
el 31 de enero del ejercicio fiscal de que se trate, el cálculo de las distribuciones del Fondo de Aportaciones
para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, así como la
fórmula y metodología empleada para ese efecto, justificando cada elemento. Por lo que corresponde al Fondo
de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito
Federal, deberán publicarse las variables, fórmulas utilizadas y calendario de ministraciones, de tal forma que
mediante la publicación del presente Acuerdo se da cumplimiento a lo dispuesto en esos mandatos.
3. Que de conformidad con la Cláusula Segunda del Convenio para Acordar la Metodología, Fuentes de
Información, Mecanismo de Distribución y Acciones para la Operación del Fondo para la Infraestructura Social
Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, correspondiente al Estado de Querétaro,
que forma parte del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social, del Ramo General 33 ―Aportaciones
Federales para Entidades Federativas y Municipios‖, susc rito por el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría
de Desarrollo Social (SEDESOL) y el Estado de Querétaro, de fecha 20 de enero de 2015 y la información
proporcionada por SEDESOL mediante oficio número OFICIO.DGDR.614/11.22/2015, de fecha 13 de enero de
2015, por el que proporciona al Estado el algoritmo para el cálculo de la distribución municipal del Fondo de
Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal,
éste debe realizarse conforme a los lineamientos del artículo 34 de la Ley de Coordinación Fiscal y publicarse
en el órgano oficial de difusión del Estado, así como la fórmula y su respectiva metodología, justificando cada
uno de sus elementos.
4. Que la distribución por Municipio del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de
las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal debe realizarse en proporción directa al número de
habitantes con que cuente cada uno de los Municipios del Estado, de acuerdo con la información estadística
más reciente que al efecto emita el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), lo que conlleva a que
las variables y fórmulas utilizadas, dadas a conocer mediante el presente Acuerdo, para determinar los montos
que correspondan a cada Municipio por concepto de este Fondo se realizaron de acuerdo con la información
contenida en los Resultados Definitivos del Censo de Población y Vivienda 2010.

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