Acuerdo por el que se da a conocer la Decisión No. 108 de la Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia, adoptada el 4 de noviembre de 2021.

Fecha de entrada en vigor04 Diciembre 2021
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo
Fecha de publicación03 Diciembre 2021
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
ACUERDO por el que se da a conocer la Decisión No
ACUERDO por el que se da a conocer la Decisión No. 108 de la Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia, adoptada el 4 de noviembre de 2021. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.
CONSIDERANDO
Que el Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia (Tratado), de conformidad con su Artículo 6-20, establece un Comité de Integración Regional de Insumos (CIRI);
Que el Artículo 6-24 del Tratado faculta a la Comisión Administradora (Comisión) para que emita una resolución y establezca una dispensa, en los montos y términos convenidos por el CIRI en su dictamen, para la utilización de los materiales a que se refiere el párrafo 3 del Artículo 6-21 del Tratado;
Que mediante la Decisión No. 106, adoptada por la Comisión el 18 de mayo de 2021 y dada a conocer mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de junio de 2021, se otorgó una dispensa temporal para la utilización de materiales producidos u obtenidos fuera de la zona de libre comercio para que determinados bienes textiles y del vestido recibieran el trato arancelario preferencial establecido en el Tratado;
Que de conformidad con el Artículo 6-23 del Tratado, el 28 de octubre de 2021, el CIRI presentó un dictamen a la Comisión, en el que determinó otorgar una dispensa temporal para un incremento en el monto de un insumo señalado en el numeral 5 de la Decisión No. 106, con el objeto de permitir la utilización de un material producido u obtenido fuera de la zona de libre comercio, en la manufactura de ciertos bienes textiles y del vestido, a fin de que estos bienes puedan recibir el trato arancelario preferencial previsto en el Tratado, y
Que la Comisión, de conformidad con el Artículo 6-24 del Tratado y tomando en consideración el dictamen presentado por el CIRI, adoptó el 4 de noviembre de 2021 la Decisión No. 108, por la que se acordó otorgar una dispensa temporal para la utilización de un material producido u obtenido fuera de la zona de libre comercio en la manufactura de ciertos bienes textiles y del vestido, a efecto de que estos bienes puedan recibir el trato arancelario preferencial establecido en el Tratado, por lo que se expide el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA DECISIÓN No. 108 DE LA COMISIÓN
ADMINISTRADORA DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS Y LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, ADOPTADA EL 4 DE NOVIEMBRE DE 2021
Único.- Se da a conocer la Decisión...

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